El Estado de Derecho que rige en México para todos es muy simple. Las reglas de la Constitución y sus leyes son claras en su interpretación para que exista una convivencia social ordenada y pacífica. De forma por demás sencillo es el contrato social que se aplica en nuestro país y se divide en dos; a saber. Las autoridades solo pueden hacer aquello que les facultan las leyes. Por lo tanto, cualquier autoridad que abuse de sus atribuciones comete faltas, sean administrativas o penales. Por el contrario, las y los ciudadanos pueden realizar todo aquello que no les prohíban las leyes; con la misma consecuencia, si llevan a cabo una conducta fuera de la ley, cometen falta administrativa o penal. Reglas de convivencia social.

La seguridad jurídica es otro imperativo y para ello existen las mimas leyes. Dar certeza a la sociedad de que, sus actos tienen el respaldo de las autoridades: jurídica. De lo contrario, surge el derecho para demandar en juicio a quien no cumpla con lo que les mandatan las leyes; los contratos consensuales se materializan por el solo consenso de las partes; a diferencia de los contratos por escrito, tienen validez una vez que son plasmados en documento. Así se relacionan todas las partes en una sociedad civilizada.

El México vivimos tiempos de incertidumbre jurídica, dado que el mismo Presidente de la República, no gusta de cumplir con el mandato constitucional de ceñirse a sus facultades legales. Acuñó una frase lapidaria y peligrosa: “no me salgan con que la ley es la ley”. Y con ello deja de cumplir con su responsabilidad, adquiere atribuciones meta constitucionales. Viola e incumple las normas a placer, sabe que está protegido por el fuero constitucional, no pueden proceder en su contra, a pesar de incumplir con las normas. Para el presidente primero sus caprichos, después el Estado de Derecho. Además de incumplir con su responsabilidad legal, desdobla su personalidad jurídica, actuando como cualquier ciudadano y como Presidente de la República. Reclama el ejercicio de derechos ciudadanos, a la vez que se protege bajo la investidura presidencial. Aplica su criterio personal y no el que se plasma en las normas vigentes. Así suele quebrantar garantías de terceros bajo el pretexto de ejercer derechos ciudadanos; en otras ocasiones dice proteger la investidura presidencial. Suele violar constante y flagrantemente el contrato social destrozando la seguridad jurídica en perjuicio de la sociedad que nos debe permitir vivir en paz bajo un régimen democrático.



Analista legislativo. @HectorParraR

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