En términos quizá demasiado sencillos y en general podemos señalar que el “Juicio de amparo” es una herramienta jurídica diseñada para proteger al ciudadano de los abusos de los gobernantes. Es una especie de escudo legal que protege los derechos humanos de las decisiones —actos de autoridad— de los gobernantes. Por tanto, cuando se fortalece el amparo se fortalece la probabilidad de gozar plenamente de los derechos humanos y también cuando se debilita, se acrecienta la probabilidad de que los gobernantes abusen y queden impunes en perjuicio de los ciudadanos.
El juicio de amparo es fundamental en cualquier democracia ya que cuando un ciudadano percibe o siente que una decisión de gobierno —una ley, un reglamento o una decisión administrativa— viola alguno de sus derechos humanos puede acudir ante una autoridad del Poder Judicial y solicitar la protección a sus derechos, es decir a tramitar un juicio de amparo.
Se denomina “amparo directo” cuando se interpone ante la SCJN o un tribunal superior de justicia (por ejemplo: cuando se impugna una sentencia), y se denomina “amparo indirecto” cuando se presenta ante un juez de distrito para por ejemplo protegerse ante una decisión administrativa. El juez podrá —hoy sí, mañana quizá ya no— otorgar una “suspensión temporal” a la decisión del gobernante, es decir, suspender la decisión del gobernante y evitar un daño mayor en tanto el mismo juez determina si dicha decisión viola o no algún derecho protegido en la Constitución o en algún tratado internacional. Una vez que el juez analiza el caso puede otorgar la suspensión definitiva, léase anular la decisión del gobernante, o bien señalar como improcedente el amparo con lo que la decisión del gobernante se mantiene y se tiene que respetar.
El amparo surgió en México desde 1847 y desde entonces se había venido fortaleciendo y no es sino hasta la administración del expresidente López Obrador y ahora con la iniciativa de la presidenta Sheinbaum, que el amparo se viene debilitando sistemáticamente en perjuicio de los ciudadanos, sobre todo de aquellos que menos tienen.
Los ejemplos de lo anterior son muchos, la eliminación de las suspensiones generales es solo uno (dicha eliminación significa que aún y cuando un juez determine que una decisión o acción de gobierno viola los derechos humanos de las personas, solo quienes gocen de los recursos necesarios para contratar un abogado y presenten el amparo, gozaran de la suspensión. Los demás tendrán que acatar dicha decisión aun cuando esta sea inconstitucional).
Si las reformas a la ley de amparo ya aprobadas resultaron en un grave retroceso en la impartición de justicia y en el goce de los derechos humanos, las propuestas contenidas en la iniciativa que presento la presidenta Sheinbaum son terribles y retrogradas por múltiples razones. En caso de aprobarse, los ciudadanos quedaremos a merced ya no de la ley ni de la Constitución, sino de los caprichos de los gobernantes, de sus arbitrariedades y de sus abusos. Lo peor es que no podremos hacer nada para impedirlo desde el punto de vista legal.
Exsenador. @gtamborrelmx