Un grupo de legisladores de oposición en Querétaro (Morena, PT, Verde) lanzaron preguntas, quejas, objeciones, y una flecha al aire sobre el proyecto hídrico El Batán, durante una reciente reunión con funcionarios estatales y federales.

Algunas de las objeciones que expresaron, como el costo y alcances del proyecto, fueron contestados por funcionarios del gobierno federal adscritos a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Secretaría de Hacienda.

La flecha al aire fue una solicitud de una consulta amplia a la población sobre el proyecto. A ver dónde cae y quien acusa recibo.

Esa petición está regulada por la Ley de Participación Ciudadana y se trataría de un plebiscito. El primer paso sería presentar una solicitud formal ante el Instituto Electoral del Estado de Querétaro.

Esta solicitud debe describir el acto a consultar, explicar por qué se considera trascendente para la vida pública del estado, proponer las preguntas que se harían a la ciudadanía y señalar la circunscripción territorial donde se realizaría el plebiscito.

Además, los solicitantes deben incluir sus nombres, firmas autógrafas, copias de sus credenciales para votar vigentes y designar a un representante común.

Una vez que el Instituto Electoral evalúe que el proyecto es un asunto trascendente, los solicitantes tendrán 60 días naturales para recabar el respaldo de al menos el 0.2% de los ciudadanos registrados en la lista nominal de electores del estado o del municipio afectado.

El Instituto Electoral del Estado de Querétaro verificará la autenticidad de las firmas recabadas. Si no se alcanza el porcentaje requerido, el plebiscito se declarará improcedente. Si el Consejo General del Instituto Electoral valida el respaldo, expedirá una convocatoria para realizar la votación, la cual deberá difundirse con al menos 30 días de anticipación.

El resultado del plebiscito será vinculatorio si participa al menos el 30% del electorado correspondiente y la mayoría vota a favor o en contra. En caso contrario, el resultado tendrá sólo carácter indicativo. La ley establece que las solicitudes de plebiscito sólo pueden presentarse durante septiembre del año en que se celebren elecciones locales o el año siguiente. Además, no pueden llevarse a cabo durante procesos electorales en curso. El próximo año comienza el proceso electoral.

Pedir una consulta es fácil. Cumplir con los requisitos y tiempos del plebiscito, y alterar el curso del proyecto El Batán se antoja complicado, vistos los resultados recientes de la elección judicial.

Consultor, académico y periodista

Google News