Tras una serie de impugnaciones, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMICH) ha exonerado definitivamente al senador Gerardo Fernández Noroña de la denuncia que presentó en su contra la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz, por presunta violencia política en razón de género.
En sesión pública del 10 de octubre pasado, el pleno del Tribunal Electoral estatal determinó que las declaraciones de Fernández Noroña, quien se ha referido a la alcaldesa como "fascista de ultraderecha" y "ambiciosa", están protegidas por la inviolabilidad parlamentaria de la que goza el senador.
Anteriormente, el TEEMICH había dado revés al morenista bajo el argumento de que sus declaraciones no estaban protegidas por esta figura jurídica, debido a que las realizó en sus videocharlas de YouTube, fuera del ejercicio legislativo y en calidad de ciudadano.
Por este motivo, en sesión del 14 de agosto se había concluido que Fernández Noroña debía ofrecer una disculpa pública, capacitación en materia de género y que, además, sería inscrito durante seis meses en el registro federal de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres.
No obstante, el expresidente del Senado rechazó el fallo y denunció una supuesta arbitrariedad de los magistrados electorales del Estado de Michoacán, por lo que impugnó esta resolución, misma que fue revocada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En la nueva resolución del Tribunal local, se ordenó dar vista a la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores para que, dentro de sus atribuciones y conforme a su normativa interna, determine lo que corresponde en la queja presentada por la alcaldesa de Uruapan.
Según el fallo más reciente, esta determinación busca armonizar la libertad de expresión vinculada con la función parlamentaria y el derecho de las mujeres a ejercer cargos públicos libres de violencia.
La magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos, ponente del proyecto, propuso ratificar la sanción que se había impuesto a Fernández Noroña y acreditar la existencia de violencia política en razón de género. Sin embargo, el asunto fue rechazado por la mayoría del pleno.
La magistrada indicó que una expresión realizada fuera del ámbito legislativo, como en redes sociales, puede blindarse bajo la inviolabilidad parlamentaria, siempre y cuando se acredite que hay una relación directa con el ejercicio de la función parlamentaria.
La ponencia de Bahena Villalobos argumentó que hubo afectaciones a la reputación e imagen pública de Grecia Quiroz relativas a su vida personal, sin relación con el desempeño de su cargo público como alcaldesa.
"Hay derechos político electorales que protegen a las mujeres que ejercen un cargo público, previstos en la Constitución, que protegen los derechos de participación política hacia las mujeres", subrayó la magistrada en la sesión pública.
Tras esta sesión del Tribunal Electoral de Michoacán, el senador Fernández Noroña celebró el fallo y expresó en sus redes sociales que "después de un largo litigio, se acredita que no cometí violencia política de género contra la alcaldesa Grecia Quiroz".
Hasta el momento, la presidenta municipal de Uruapan no se ha pronunciado sobre esta resolución.