Durante el actual proceso electoral han sido asesinadas 48 personas que aspiraban a un cargo político, ocho de ellas eran mujeres.

Este fenómeno puede constituir una forma de violencia política de género. También, otras mexicanas han sido golpeadas, amenazadas o desplazadas por aspirar a un puesto político-electoral.

Según un recuento realizado por EL UNIVERSAL, las mujeres asesinadas son: Antonia Jaimes Moctezuma, candidata a diputada local en Chilapa, Guerrero, asesinada el 21 de febrero de este año. Le siguen Dulce Anayely Rebaja Pedro Guadalupe Payán Villalobos, candidatas a diputada local en Guerrero y a alcaldesa en Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, respectivamente.

La cuarta mujer asesinada es Maribel Barajas Cortés, quien aspiraba a una diputación local en Múgica, Michoacán.

En los lugares cinco y seis están Liliana García, candidata a regidora en Ignacio Zaragoza, Chihuahua, y Juana Iraís Maldonado, aspirante a diputada local en Huauchinango, Puebla.

El 2 de junio fue asesinada Pamela Terán, candidata a concejal en Juchitán de Zaragoza, Oaxaca, y diez días después, el 12 de junio, Rosely Magaña Martínez, candidata a regidora en Isla Mujeres, Quintana Roo. Ella es la víctima mortal número ocho.

 

La violencia política contra las mujeres comprende acciones u omisiones de personas, servidores públicos que se dirigen a una mujer desdeñosamente, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afecta desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo, de acuerdo con el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

La violencia política en razón de género también puede incluir violencia física, sicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.

En el 2016, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) recibió 48 asuntos en los que se alega violencia política contra las mujeres en razón de género, y 37 casos al 2 de octubre de 2017. Lo que da un total de 85.

El documento señala que la Sala Superior del TEPJF recibió 39 casos, seguido de la Sala Regional de Xalapa, con 27; la Sala Regional Especializada, con 9; la Sala Regional Toluca, con 8, y la Sala Regional de Guadalajara y Monterrey con un caso cada una.

De estos asuntos, 31 fueron declarados infundados; 18 resueltos por la vía de acuerdos; 13 fundados; 13 fundados en parte; seis desechados; dos sobreseídos y uno no interpuesto.

La violencia política de género puede dirigirse a una o varias mujeres, familiares o allegados a la víctima o un grupo de personas.

Los perpetradores pueden ser integrantes de partidos políticos, aspirantes, candidatos, precandidatos, representantes de medios de comunicación, servidores públicos gubernamentales o electorales.

En los informes de la FEPADE de los dos primeros meses del año, sólo una carpeta de investigación fue iniciada por violencia política de género: por realizar actos de temor o intimidación en el estado de Chihuahua.

Google News

TEMAS RELACIONADOS