El Juzgado Mixto de Primera Instancia de Amealco de Bonfil dictó una sentencia de 36 años de prisión a Manuel Fernández García, por su por su probable responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado.

La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJ) informó que de acuerdo a los hechos, el 13 de junio de 2010 se reportó vía telefónica a la Dirección de Investigación del Delito, que en kilómetro 14+400 de la carretera Querétaro-Huimilpan se encontraba el cuerpo una persona de sexo femenino.

La necropsia practicada al cadáver determinó que la causa de muerte fue asfixia por estrangulamiento.

Cuando  personal ministerial se encontraba realizando la diligencia de investigación y levantamiento de pruebas, apareció en el lugar Manuel Fernández García, quien manifestó ser pareja sentimental de la víctima y argumentó que se encontraba buscándola desde el día anterior -12 de junio-.

Manuel Fernández García fue presentado a declarar como testigo, manifestando ante el Ministerio Público que tenía una relación con la víctima y que el día de los hechos acudirían a una fiesta en la Comunidad de Los Cues, municipio de El Marqués, pero que debido a una discusión la ofendida se bajó del vehículo que viajaban y había abordado un taxi.

Sin embargo, los resultados de peritajes en materia de Química y Genética Forense permitieron establecer con claridad la presencia del vehículo del Manuel Fernández García cerca del lugar donde se localizó el cuerpo de la occisa. Ante esta situación, el Ministerio Público obtuvo medida cautelar de arraigo.

Tras una revisión exhaustiva en el vehículo de Manuel, se encontraron diversos filamentos pilosos en el asiento posterior, los cuales fueron analizados por Patólogos y se estableció que correspondían a la víctima.

Con el cúmulo de pruebas presentadas por el Ministerio Público, el Juez dio por acreditada la responsabilidad de Manuel Fernández García en la comisión del delito Homicidio Calificado y le dictó sentencia condenatoria consistente en 36 años de prisión, además de negársele cualquier beneficio sustitutivo de la pena de prisión.

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