Consuelo Rosillo, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), afirmó que es adecuado que se reforme el Código Penal del estado, a fin de que se determine como sanción administrativa conducir bajo el influjo del alcohol, ya que si bien actualmente se contempla una sanción al respecto esta se reclasifica cuando existe otro tipo de delito, dejando de lado el conducir en estado de ebriedad.

De acuerdo con la funcionaria del Poder Judicial, actualmente cuando se detiene a una persona conduciendo alcoholizada no se penaliza por el delito de “manejar vehículos de motor en estado de ebriedad”, sino que en la mayor cantidad de los casos se reclasifica por las acciones que cometen, como daños, lesiones y homicidio, con la agravante de doloso, situación que está por encima de conducir en estado de ebriedad, por lo que ese apartado del Código Penal se considera letra muerta.

“Lo que pasa es que esta situación normalmente desencadena en otra conducta que puede ser daños, lesiones y hasta homicidio, entonces el delito se sanciona como si fuera doloso; serían lesiones dolosas en vez de lesiones por conducir vehículo de motor en estado de ebriedad”, dijo.

Es por esto que las estadísticas de delitos por conducir en estado de ebriedad son mínimas en el estado, de modo que la magistrada aclaró que no se debe al hecho de que en Querétaro no se cometa tal delito, sino que la reclasificación del ilícito está por encima de conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente.

“El propio Código establece que cuando el delito se comete bajo algún sicotrópico o manejando en estado de ebriedad la conducta se sancionará como si fuera dolosa, entonces ya va ahí implícitamente la sanción”, dijo.

La iniciativa de ley que busca modificar el Código Pena será ingresada por el diputado Roberto Cabrera.

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