La FGR pervierte la probable comisión de un delito y el Fiscal General califica de “deleznable” la presunta acción que públicamente imputa a Ricardo Anaya Cortés, calificando de “colusión” los hechos atribuidos al excandidato a la Presidencia de la República. La dolosa conducta del Fiscal lo inhabilita moral, profesional y legalmente para conocer del asunto, al perder el “juicio” y despotricar de un asunto bajo investigación, en manos de la autoridad judicial. 
 
La Constitución Política reconocer derechos humanos y consagra garantías individuales en pro de los gobernados. Varios artículos obligan a las autoridades a conducirse bajo el marco constitucional, de ahí que ninguna autoridad, en este caso el Fiscal, tiene atribuciones para “lanzar públicamente imputaciones penales”. Viola el artículo 16 que obliga a todas las autoridades a no molestar a los particulares, salvo orden judicial escrita que funde y motive la causa legal del procedimiento; pasando por alto la disposición el Fiscal acusó públicamente al presunto: del delito de “colusión”, calificando de “deleznable” la conducta del imputado. 
 
El Fiscal tiene la obligación de respetar los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, en caso de violación, el Estado tienen la obligación de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, acorde con el artículo 1o. Sin embargo, el FG pasando por alto los principios que protegen los derechos humanos de las personas, él mismo se convirtió en violador de ellos ¿Quién va a investigar y acusar al violador? Grotesco y evidente el abuso de poder en manos del Fiscal General de la República. 
 
La especulación del Fiscal rebasa las fronteras de la legalidad, públicamente acusa: “no solo es el caso de una persona que recibió un dinero y que votó en un sentido; se trata de corrupción para entregar los bienes de la nación”. Vaya aberración de quien se supone debe procurar la justicia. Se “monta” en el ámbito de la especulación. 
 
¡No existe tesis o jurisprudencias que acrediten la falsa acusación del Fiscal! Ahora resulta que a la función de la fiscalía también le compete interpretar el sentido de las normas que generan los legisladores, al “calificar la reforma energética como un acto legislativo que sirvió para entregar los bienes de la nación”. Partiendo de su falsa y dolosa premisa, más de 300 legisladores incurrieron en la misma conducta de “colusión”. La opinión del Fiscal: Sin lógica ni sustento jurídico.

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