En el Senado aprobamos una nueva e importante ley para salvaguardar los conocimientos, cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, de su uso no autorizado.

El nuevo dispositivo elimina una laguna legal que posibilitaba que personas ajenas de estas comunidades se apropiaran de sus conocimientos y de sus expresiones culturales, sin la obligación de que compartieran los beneficios generados por su uso y aprovechamiento.

Desde la reforma constitucional de 1994, donde se dio paso al reconocimiento de pueblos y comunidades para que, con fundamento en su libre determinación y autonomía, preserven y enriquezcan sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad, no se había avanzado ya en la materia.

Siendo vigentes entre las deudas que tiene con ellos el Estado mexicano, el hecho de que su patrimonio cultural e intelectual representado por las prácticas, los conocimientos, su modo de vida y tradiciones, se encuentra recurrentemente violentado a falta de protección jurídica, lo que provoca una transgresión a sus derechos y libertades. El asunto no es menor, pues su adecuada conservación se encuentra directamente relacionada con la supervivencia de pueblos y comunidades enteras.

Actualmente, a pesar del importante desarrollo del sistema de protección intelectual, no se ha logrado la protección efectiva de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales de los pueblos originarios en el mundo. Y tiene que ver precisamente con una visión clásica, que en algunos casos se vuelve arcaica, donde el patrimonio referido corre el permanente riesgo de ser considerado como libre de toda propiedad intelectual (de dominio público), a pesar de que haya venido evolucionando en formas mercantiles aprovechables, que siguen la lógica del mercado y sobre los cuales sus autores originales pierden cualquier capacidad de gestión.

Por lo tanto, la nueva Ley propone la revisión del concepto de propiedad, recurriendo a la experiencia en otros países como Japón, Australia y varios en Sudamérica, donde se han establecido medios especiales para la defensa de expresiones culturales plenamente identificadas; evitando la apropiación indebida (tipificándola como delito e incorporando la figura de la reparación del daño), el uso, aprovechamiento o explotación comercial no autorizado, con una adecuada participación de terceros, procurando la retribución justa de los beneficios generados.

La nueva Ley General de Salvaguardia de los Elementos de la Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y Equiparables, propone para tal fin la consideración de un inventario que tendrá por objeto documentar, identificar, registrar y catalogar las manifestaciones culturales y contratos relacionadas; registrar las licencias de usos correspondiente; hacer declaratorias de disponibilidad pública; y registrar las sanciones administrativas aplicables. Inventario que se encontraría a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

La nueva ley es un gran logro para México, en Querétaro nos encontramos muy contentos, pues se fomentará nuestra herencia milenaria y su beneficio será para quienes la originan, como debe ser. Sin intermediarios abusivos que muchas veces lo último que les importa es el verdadero fomento de nuestros pueblos y comunidades. ¡Enhorabuena!

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