Alguien me preguntaba para qué servían los abogados (en la acepción propia del litigante); es fácil decir qué hacen, pero hasta hace poco más de un año, la respuesta más cómoda hubiese sido la de que el abogado estudia la ley para aplicarla o cuidar su aplicación, como instrumento del orden y tranquilidad social. Ya no es imaginable (y nunca debió serlo) una posible respuesta así.

Con la reforma en materia de derechos humanos al artículo primero de la Constitución en junio de 2011, es preciso redimensionar una nueva simbología del Derecho, cuyo argumento ontológico descansa en los derechos humanos comprendidos como los derechos básicos y libertades fundamentales inherentes a los seres humanos.

Con dicha reforma nuestro país asume deberes y obligaciones de respetar, proteger y promover los derechos humanos. Con ello se establece el compromiso de legislar un sistema jurídico que brinde su protección eficaz. De no ser así, la opción de los gobernados es acudir a los órganos de protección internacional. En este nuevo simbolismo del Derecho, la profesión de abogado fue objeto de atención en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana en 1990, donde se aprobaron los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados. En tal documento se declara que su función es proteger los derechos de los clientes y defender la causa de la justicia, procurar apoyar los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por el derecho nacional e internacional y, en todo momento, actuar con libertad y diligencia, de conformidad con la ley, las reglas y normas éticas que rigen la profesión. Así, un abogado es un agente fundamental de la administración de justicia, cuya función es la protección de las libertades fundamentales de los ciudadanos.

Es necesario que en las asociaciones de profesionistas, instituciones de enseñanza y autoridades se atienda tal documento, pues en él se encuentran pautas que deben seguirse para el cumplimiento de la Constitución, gestión de la cultura de la legalidad o para instrumentar situaciones concretas como la implementación del sistema acusatorio-oral en nuestro estado; o, al menos, para que no se inhiba la participación de los abogados en la defensa de sus clientes.

Coordinador de la Licenciatura en Ciencias de la Seguridad (UAQ). Ex procurador de Justicia

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