En días pasados, la bancada del PAN en el Senado presentó una solicitud para declarar la desaparición de poderes en Veracruz por la crisis constitucional que se vive en esa entidad a partir de la remoción del fiscal Winckler. Posteriormente, la bancada de Morena en el Senado solicita la desaparición de poderes en los estados de Guanajuato y Tamaulipas, ambos gobernados por el PAN, debido a la “grave crisis de violencia e inseguridad” en ambas entidades.

Morena argumenta que la declaratoria de desaparición de poderes en Guanajuato y Tamaulipas, es necesaria al enlistar que los gobiernos panistas de Diego Sinhué Rodríguez y de Francisco Javier Cabeza de Vaca no pueden con la delincuencia en sus estados y considera que se actualizan los supuestos previstos en el artículo 2º de la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución General de la República y, por ende, “se debe declarar que es procedente designar un gobernador provisional en el Estado de Guanajuato, conforme al procedimiento instituido en dicha normativa reglamentaria”. En cuanto a Tamaulipas, señala que la tasa de los índices delictivos aumentó desde que en 2016 Francisco Javier García Cabeza de Vaca asumió su mandato como Gobernador del estado.

Mónica Fernández Balboa presidenta de la Mesa Directiva del Senado informó a la asamblea que se recibieron “tres peticiones”, para que el Senado de la República ejerza la facultad a que se refiere la fracción V del Artículo 76 de la Constitución en materia de desaparición de Poderes en Veracruz, Guanajuato y Tamaulipas, las turnó a la Comisión de Gobernación para que luego de analizarlas “esa instancia se pronuncie si son procedentes”.

Precisamente en el mes de septiembre de hace un año, nos referimos en esta colaboración a la “Desaparición de Poderes”, decíamos que La Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución General de la República, indica en su artículo 1 que: “Corresponde exclusivamente a la Cámara de Senadores determinar que se ha configurado la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un Estado y hacer la declaratoria de que debe nombrarse un gobernador provisional”.

“Se configura la desaparición de los poderes de un Estado únicamente en los casos de que los titulares de los poderes constitucionales I.- Quebrantaren los principios del régimen federal; II.- Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor; III.- Estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico; IV.- Prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares; V.- Promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución.

De acuerdo con el texto constitucional, lo que el Senado puede hacer no es desaparecer los poderes en una entidad federativa, sino constatar que éstos han dejado de existir o no funcionan. Como se aprecia, la facultad declarativa de la desaparición de poderes no resuelve por sí misma, los conflictos políticos que se presentan en los estados, sino que opera ante el caso de desaparición de sus poderes, producida a consecuencia del conflicto de situaciones fácticas que la misma ley reglamentaria prevé.

No van a desaparecer los poderes ni en Veracruz ni en Guanajuato ni en Tamaulipas. No hay motivos legales para hacerlo y, además, nadie tiene las dos terceras partes de los votos para nombrar a los interinos.

Varios articulistas opinan que es un tema de estrategia de cada una de las fracciones parlamentarias. En ninguno de los casos se dan los elementos para la desaparición de poderes, pues hay Poder ejecutivo, Legislativo y Judicial, se dictan sentencias, se publican leyes, siguen en construcción de obras sociales, etc. Es entendible y válido dentro de una estrategia parlamentaria en la lucha política.

Expresidente municipal de Querétaro

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