Se cumplió un año de la autodenominada 4T y para “celebrarlo” (aunque no haya absolutamente nada que celebrar) convocaron a sus simpatizantes a la plancha del zócalo a un evento político nada diferente al de otros años; filas interminables de camiones turísticos y bolsas de plástico con bebida y sandwich al interior. El primer año de este gobierno donde “todo ha cambiado pero todo sigue igual” —o peor— en fin. Está por concluir el segundo periodo de mi primer año de actividades legislativas, si bien aún hay temas pendientes, estoy muy contenta porque a pesar de todo hay avance, y de eso se trata, de que cada quien haga lo que le corresponde.

A mediados del 2019 presenté una iniciativa para reformar el articulo 254 de le Ley General de Salud, tiene como finalidad fortalecer la regulación al rededor de la venta de solventes, consumidos principalmente por menores de edad. Es responsabilidad de nosotros los legisladores generar el marco legal que proteja el interés superior de las niñas y los niños de nuestro país. La Convención Sobre los Derechos del Niño establece que los Estados parte reconocen el Derecho de las niñas y los niños al disfrute del mas alto nivel de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud.

La Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes (Encode) 2014 arroja que la sustancia de mayor consumo es la mariguana (10.6%) seguida de los inhalables (5.8%), en lo que a drogas de inicio se refiere después del alcohol (45.8%) y el tabaco (28.7%), la mariguana (14.8%) los inhalables (4.6%) y la cocaína (2.6%). Por grupos de edad, en el de menos de 14 y en el de 15 a 19 años, la mariguana es la principal droga de impacto (36.1% y 32.8% respectivamente).

Propuse una reforma al Artículo 254˚ de la Ley General de Salud para prohibir la venta de sustancias inhalantes con efectos psicotrópicos a menores de edad. Los productores y/o envasadores de estas substancias inhalantes deberán insertar en sus envases las leyendas de “La inhalación de este producto puede causar daños irreversibles a la salud” y “Se prohíbe su venta a menores de edad”. Los establecimientos que vendan o utilicen estas substancias deberán colocar anuncios visibles que contengan la leyenda “Prohibida la venta a menores de edad”. A quien proporcione o venda estas substancias a menores de edad se impondrá prisión de cinco a siete años y de quinientos a mil días multa.

Esta iniciativa complementa el trabajo que realizamos en campo, en un recorrido por la colonia Menchaca II, los vecinos me externaron su preocupación por el consumo de estas sustancias en niños y jóvenes.

Diputada federal del PRI

Google News