La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada, la legislación secundaria de la reforma político electoral. Este nuevo ordenamiento jurídico-normativo comprende la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la de Delitos Electorales y la de Partidos Políticos. Con el presente andamiaje jurídico y procedimental se disiparon las dudas sobre la aplicación de la reforma constitucional en esta materia. Con la expedición de estas leyes, el recientemente creado Instituto Nacional Electoral (INE) y los organismos electorales de los estados, así como el del Distrito Federal, cuentan ya con las reglas que regirán los próximos procesos electorales federal y locales. Recordemos que en el año 2015 se renovará la Cámara de Diputados federal, además habrá elecciones en 17 entidades, las cuales, en nueve de ellas se elegirá gobernador, ayuntamientos y la Legislatura, tal es el caso del estado de Querétaro. En el nuevo esquema legal, el INE tendrá atribuciones para fiscalizar los ingresos y egresos de: precampañas y campañas; determinar la ubicación de casillas y designación de funcionarios; conservar el Padrón Electoral y las listas nominales de electores; además podrá designar y remover a los presidentes y consejeros electorales de los organismos públicos locales e intervendrá en procesos locales mediante la expedición de reglas, lineamientos, criterios y formatos de observación electoral. Asimismo, se le faculta para realización y difusión de encuestas, conteos rápidos, impresión de documentos electorales y la organización del Programa de Resultados Preliminares (PREP). Esta Ley prevé que los candidatos independientes que deseen contender al cargo de Presidente de la República, deberán contar con el uno por ciento de las firmas de la lista nominal de electores y dos por ciento para otros cargos de elección popular. El texto, también establece que para las campañas electorales se propone llevar a cabo debates públicos, prohibir la entrega de dádivas, la propaganda encubierta y el uso de encuestas como propaganda electoral. Respecto al voto de los mexicanos en el extranjero se precisa que podrán ejercer su derecho para la elección de Presidente, gobernador de las entidades federativas y Jefe de Gobierno del Distrito Federal bajo las modalidades de voto personal en los consulados, embajadas y centros de votación autorizados o por el servicio postal. Indica que a más tardar en octubre del año previo al de la elección el Consejo General del INE determinará los topes de gasto de precampaña por precandidato y tipo de elección para la que pretenda ser postulado. El tope será equivalente a 20 por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate. Asimismo se otorga a la credencial electoral para votar el carácter de documento de identidad ciudadana con vigencia de 10 años contados a partir del año de su emisión, a cuyo término el ciudadano deberá solicitar una nueva. Ante este resolutivo generado por el Congreso de la Unión, la pregunta obligada, es ¿qué pasará en Querétaro?; en este caso será la Legislatura del estado, quien está obligada en un plazo que tiene como límite el 30 de junio de 2014, para armonizar todas las reformas a las leyes locales en materia electoral, mismas a las que está obligada por mandato constitucional. Sin lugar a dudas, la reforma político electoral establece el diseño del nuevo sistema electoral en nuestro país y deberá dar certeza a autoridades, partidos, candidatos y principalmente a la ciudadanía. Por lo que todo debe estar listo para que en la primera semana de octubre del 2014 inicie el proceso electoral. *Presidenta del Consejo General del Instituto Electoral de Querétaro (IEQ)

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