En noviembre del 2001, en un campo algodonero de Ciudad Juárez se encontraron los cuerpos expuestos de Laura Ramos, Claudia Gonzáles y Esmeralda Herrera. La lucha de sus familias por esclarecer sus feminicidios, los primeros en llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, culminó en 2009 en la sentencia González y otras vs. México “Caso Campo Algodonero” una sentencia emblemática en la lucha por los derechos humanos de las mujeres.

A partir de la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 las legislaturas de todo el país han generado una enorme gama de normas para proteger el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. Leyes y protocolos que se han adecuado para proteger el universo de derechos humanos que se reconocen en los tratados internacionales de los que México forma parte. En la mayoría de nuestros códigos penales se han incorporado sanciones a delitos como la discriminación, la violencia de género, abuso sexual, la violencia familiar y el feminicidio. Tal vez hoy como nunca nuestro país cuenta con medidas de protección de los derechos humanos de mujeres y niñas. Sin embargo pareciera que esa protección solo existe en el papel.

Paradójicamente la convicción de proteger los derechos humanos de las mujeres no ha alcanzado a la mayoría de los operadores de la justicia mexicana. A pesar de que hemos gastado millones de pesos en capacitación de las y los funcionarios, fiscales, peritos y jueces muchos y muchas continúan actuando de acuerdo a sus prejuicios y convicciones personales dejando de lado su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de todas las personas, como si la protección de los derechos humanos de las mujeres fueran una utopía a la que solo pueden aspirar las ciudadanas de países que no son el nuestro.

Resulta indignante asistir a los juzgados y presenciar la actuación de fiscales que no cuentan con la capacitación para presentar de manera oral una teoría del caso porque no comprenden las violencias que afectan a las mujeres y observar a asesores jurídicos que desconocen su función para lograr la reparación integral del daño para víctimas. Es igualmente indignante escuchar como jueces y juezas dictan fallos y sentencias basándose en conjeturas y estereotipos de género y no en lo que les marca la norma.

La justicia para las mujeres no llegará solamente con armonizar las leyes con los tratados internacionales. La justicia requiere de operadores calificados y capaces de comprender las obligaciones que adquieren con las mujeres de México como parte de sus funciones. La justicia será inalcanzable en tanto no se sancione a todos los funcionarios y funcionarias que impiden o entorpecen el acceso de las mexicanas a la justicia.

Estamos cerca de cumplir once años de la sentencia del Campo Algodonero y las familias de Laura, Claudia y Esmeralda no han recibido la justicia que Estado les debe desde octubre del 2001, aun con la sentencia de la Corte Interamericana.

Ya es hora de que México pague su deuda.

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