En la siguiente semana Querétaro entrará plenamente al nuevo sistema penal. El apartheid judicial quedará en el pasado. Estamos ante un cambio de paradigma jurídico que algunos, de forma errónea, reducen a lo “oral” o un cambio de formas jurídicas en el ámbito penal. Hay quienes vemos el mayor peso de la reforma en la publicidad del proceso penal y en los nuevos valores que subyacen a la resolución de las controversias penales. El gran desafío de la reforma penal que ahora se proyecta en Querétaro es cubrir un gran vacío de justicia que desde el Constituyente de 1917 ha tenido nuestro sistema jurídico.

Se trata con el nuevo procedimiento penal que cultiva que la secrecía, la arbitrariedad, la manipulación de pruebas, la parcialidad, dilación, la injusticia y corrupción del procedimiento, la mentira y sobre todo la presunción de culpabilidad sean desterradas de los juicios penales. Inaugurar este cambio no será fácil en un contexto en el cual el procedimiento penal se asociaba a un tipo de justicia en el que la mayoría de acusados terminaban en la cárcel por carecer de abogado, de dinero para pagar las fianzas, o en muchas ocasiones para pagar los daños y perjuicios.

Hay que dar la bienvenida al nuevo procedimiento penal, pero conscientes de que los cambios no vendrán sólo de la letra de la ley, del voluntarismo, de las nuevas instituciones, de las autoridades judiciales, o de los agentes o defensores públicos o privados. El cambio vendrá de la cultura de la ley que le impriman no sólo quienes operan el sistema jurídico, sino del impuso de la propia sociedad que crea en el cambio, se involucre y participe. Sin esa perspectiva de implementar el nuevo procedimiento penal, difícilmente el nuevo diseño llegará a funcionar.

En mucho ayudará que las autoridades difundan los cambios legales del nuevo sistema penal, que la ciudadanía conozca ahora cómo va a enfrentar un procedimiento penal si es víctima o si es acusado. En este punto existe un gran déficit de información, inclusive dentro de la propia comunidad académica, de las instituciones propias del sistema (procuraduría y juzgados) y de la práctica judicial. No sirven las cápsulas informativas, ni la spotización que homologa a las campañas políticas. Las autoridades deben emprender un gran ejercicio de informar sobre el nuevo procedimiento penal y los beneficios que ahora tendrá la gente con la instrumentación del nuevo modelo de justicia penal.

Es también importante que el rezago judicial, tanto de causas penales pendientes como de los procesos penales que tienen sentencia firme, se enfrente y se subsuma en el nuevo modelo penal. En este caso no debe haber miedo a corregir la historia judicial y aplicar de forma retroactiva a todos los casos juzgados y pendientes de juzgar iniciados, con arreglo al sistema penal que fenece. Ello implicará, por supuesto, la revisión de casos mal llevados y hasta liberar a no pocas personas que por impericia de los abogados, por errores honrados, o falta de voluntad de defensa hubiesen llevado a prisión a las personas. Es decir, el nuevo sistema penal se presta en sus bondades en una de sus modalidades de justicia restitutoria y reparadora que puede ayudar no sólo a los acusados, sino a las víctimas a la revisión de actuaciones ilegales en los procedimientos del antiguo régimen.

En el nuevo procedimiento hay quienes piensan que va a hacer colisión con las instituciones del juicio de amparo o con la jurisprudencia internacional. Nada más erróneo. Es claro que el juicio de amparo en materia penal se va a depurar y será más eficaz y más selectivo en su esfera protectora, sin que pierda su halo de confianza bien ganada en la corrección de injusticias. Solamente la ignorancia o la mala fe pueden interpretar que el juicio de amparo va a ser una barrera al nuevo procedimiento penal. Por el contrario creo que el juicio de amparo vivirá una nueva proyección jurisprudencial a partir del reconocimiento y adjudicación de nuevos derechos fundamentales, que hasta el día de hoy nunca pudo sacar a la luz por las barreras del procedimiento penal que ahora llega a su fin.

En la recepción de la jurisprudencia internacional creo que existe uno de los grandes soportes del nuevo procedimiento penal. Nadie debe temer invocar el derecho internacional emanado de tratados y leyes a la luz de la interpretación de casos judiciales. Va ha terminar la cerrazón etnocéntrica que durante muchos años, tal vez siglos, había sumido a nuestro país y a Querétaro en el Medioevo en materia de justicia penal.

El nuevo sistema a aplicar será nacional sin dejar de ser local. Será local sin dejar de ser nacional. Será desde la esfera del Poder Judicial sin apartar al Poder Ejecutivo. Será desde el Ejecutivo sin olvidar el papel central de los jueces. Interviene el Legislativo sin suprimir a los demás poderes. Los nuevos jueces y magistrados, agentes y autoridades del nuevo sistema no deben considerarse empleados de ningún gobierno, sino como funcionarios del Estado mexicano, en la alta misión de hacer justicia.

Abogado

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