El 29 de julio pasará a ser una de las fechas importantes en las efemérides de los derechos humanos de las mujeres. Esa es la fecha en la que la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre el derecho al aborto en Veracruz.

El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá significa un avance importante en la lucha por garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres mexicanas pues de aprobarse sentará un precedente importante que permitiría a las mujeres y organizaciones de diversas regiones del país promover amparos similares para acceder a la interrupción legal del embarazo como un ejercicio pleno de su autonomía y libre desarrollo de la personalidad.

El derecho de las mujeres a decidir ha seguido un camino tortuoso y se ha enfrentado a obstáculos importantes, especialmente de grupos ultraconservadores que han logrado no solo detener, sino ir en contra del principio de progresividad de los derechos humanos de las mujeres y las niñas al promover penas de cárcel a las mujeres que deciden terminar sus embarazos incluso cuando su vida corre riesgo, como ocurre en Querétaro. Tan solo en marzo de este año los legisladores y legisladoras de derecha, a puerta cerrada so pretexto de la pandemia, se opusieron a discutir las causales que permitirían el aborto en Querétaro por causas no relacionadas con violación.

Actualmente, la NOM-046 protege el derecho de todas las mujeres de México a recurrir a los servicios de salud pública para la realización de un aborto en caso de violación, sin embargo, el entorno político ha visto violentado este derecho al encontrarse las mujeres con trabas por parte de personal médico que se opone a la realización del mismo o que exige, de manera ilegal, que la mujer denuncie ante la fiscalía la violación de que fue objeto, lo que es contrario a la norma.

De aprobarse el proyecto que permitiría la interrupción legal del embarazo en Veracruz también aclararía, como lo señala la abogada Andrea Medina, que “no hay excepción ni en territorio ni por poder del Estado, para cumplir con los derechos humanos”, ni en este ni en otros temas como es el matrimonio igualitario o el cambio de nombre para las personas trans.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tienen la obligación de revisar este documento a la luz del Artículo 1o Constitucional, no desde una óptica sesgada por los dogmas y prejuicios de quienes se oponen a que las mujeres ejerzan una autonomía plena. No olvidemos que, por lo menos en nuestro estado, la voz más recia en contra del derecho de las mujeres a decidir es la principal promotora del llamado “PIN Parental” que busca impedir, entre otras cosas, que los niños, niñas y adolescentes reciban una educación sexual integral con enfoque basado en derechos humanos, propuesta a todas luces inconstitucional.

El futuro de los derechos humanos de las mexicanas está en manos de la Corte. Ya solo nos queda esperar.

Google News