En este año 2014, uno de los dogmas políticos de la Revolución Mexicana ha caído: la reelección inmediata de legisladores y de ayuntamientos. Todavía pasará tiempo para que se revise la situación de gobernadores y del Presidente de la República.

La no reelección fue una de las banderas del movimiento revolucionario al combatir el sistema de dominación de los jefes políticos, gobernadores y del dictador Porfirio Díaz. Tenía sentido que la población y las facciones revolucionarias prohibieran la reelección por esconder un verdadero sistema de dominación piramidal cuyo vértice superior lo ocupaba el Presidente con elecciones testimoniales. Desde el 29 de abril de 1933 se había instaurado la prohibición y ahora se cambia por una permisión limitada en varias modalidades.

Tal vez este cambio sea una de las brillantes perlas reformistas que junto con el gobierno de coalición son lo más novedoso de la llamada reforma política.

El artículo 59 constitucional ahora dispone: “Los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”.

Ahora se les asigna a los diputados y senadores un incentivo para votar en favor de los intereses de los electores y de la nación al fomentar con el premio de la reelección la lealtad al elector, al votante, al simpatizante más que al Presidente, al gobernador o al partido por el cual se postula el representante.

Además, con esta reforma se propiciará la profesionalización de los legisladores. Obligará a que se prepare el diputado o senador para que se competitivo ante su electorado si no quiere verse rebasado por los tiempos.

No obstante que el Constituyente estableció en el artículo Décimo Primero Transitorio una saludable aplicabilidad de esta reforma para el año 2018, no hay duda el avance que encierra esta reforma es indudable.

Creo que con este cambio —que parece modesto— se logrará un mayor vigor y legitimidad a las Cámaras Legislativas y dejarán de ser las Oficialías de Partes del Ejecutivo mientras abdican de su noble y alta misión de representar al pueblo.

En el ámbito de los municipios el artículo 115, fracción I, párrafo segundo de la Constitución ahora refiere: “Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”.

Con esta autorización es claro que también se pretendió establecer un incentivo para los miembros de los ayuntamientos, propiciar que se apeguen a los ciudadanos y realicen programas de gobierno coherentes con los intereses de la ciudadanía.

La reforma además estableció, en su artículo Décimo Cuarto Transitorio, la limitante de que la reelección de ayuntamientos no sería aplicable para los actuales ayuntamientos, por lo que operará en el caso de Querétaro hasta la elección de 2018.

Para el caso de los diputados locales, el artículo 116, fracción II, en su párrafo segundo dispone: “Las Constituciones estatales deberán establecer la elección consecutiva de los diputados a las Legislaturas de los estados, hasta por cuatro periodos consecutivos. La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”.

Existe una relación directa entre los Poderes Legislativos fuertes y la reelección. Los Congresos local y nacional sin duda se fortalecerán para convertirse en un semillero de verdaderos líderes políticos. Así lo han demostrado sistemas en los cuales ha sido instituida la reelección legislativa y no tiene que ser la excepción en el país. Bienvenida la reelección. Resta ahora resguardarnos de las oligarquías partidistas que las mediatizan según el texto de la Constitución.

Abogado

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