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Una de las problemáticas asociadas a la industria de la construcción es la concerniente a los sitios de extracción de materiales y a la disposición de los desperdicios que se generan en su actividad.

Los bancos de material deben contar, entre otras cosas, con la licencia correspondiente por parte de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y cumplir estrictamente con el reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Explotación de Bancos de Material.

Los desarrollos inmobiliarios requieren del registro de un sitio de tiro autorizado y están obligados a garantizar el cumplimiento de las disposiciones correspondientes. El material de desperdicio que entreguen a los transportistas de materiales debe ser depositado en el sitio autorizado y de ello serán responsables los desarrolladores ante la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano.

La violación a la normatividad conduce a la aplicación de sanciones por parte de la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano, la cual tiene por objeto vigilar, defender y procurar la protección al medio ambiente, el desarrollo sustentable, la regulación de los asentamientos humanos y la consolidación de los centros de población en el Estado; asimismo, tiene por objeto, recibir y canalizar ante las autoridades competentes, las quejas y denuncias de la ciudadanía por la inobservancia de la normatividad aplicable en el Estado, en materia de desarrollo urbano y ordenamiento del territorio, en cualquiera de los tres órdenes de gobierno, así como vigilar y proteger el medio ambiente en la entidad y, en su caso, aplicar las sanciones correspondientes, conforme a sus atribuciones.

La Procuraduría puede determinar e imponer las sanciones correspondientes por la comisión de infracciones a la normatividad ambiental, en los términos precisados en la Ley Ambiental y demás disposiciones reglamentarias.

Si bien es de la mayor importancia el desarrollo económico, y en ello la actividad de la industria de la construcción ha tenido una participación relevante en el Producto Interno Bruto de Querétaro, esto no debe estar al margen de la legalidad, ni por parte de los desarrolladores ni por parte de los transportistas, el orden es fundamental.

Los transportistas son corresponsables, no solamente los propietarios de los desarrollos inmobiliarios.

Se ha visto que los transportistas de materiales, cuando de desperdicios y escombros se trata, antes que llevar su carga a un sitio de tiro permitido, deciden descargar en donde más barato les resulta, ya sea a la orilla de un camino o una vialidad, o en un sitio no permitido, junto a algún arroyo o depresión.

Como una de las consecuencias de las acciones ilegales de tirar materiales de desperdicio en sitios no permitidos, además de la sanción económica a los responsables, se tendrá la obligación de mitigación del daño causado.

Otra de las faltas en que llegan a incurrir los camiones de carga que transportan material, es la carencia o insuficiencia de la cubierta necesaria que impida la generación de partículas contaminantes de la atmósfera y los riesgos de tirar material en el camino, que entre otras cosas, pueden propiciar accidentes.

Se comprende que en las actividades productivas se busque el máximo beneficio y los menores costos de operación, pero esto debe ser apegado al marco jurídico y dentro de la normatividad, la cual persigue el desarrollo ordenado y sustentable, protegiendo al medio ambiente, respetando y cuidando los recursos naturales y con la visión de legar a las próximas generaciones, un mejor lugar para vivir. Debemos lograr una cultura ciudadana que asuma, con convicción, el compromiso por un Querétaro sustentable, con responsabilidad social.

Procurador del Medio Ambiente

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