Araíz del reciente cisma (aparentemente) del Poder Judicial queretano en donde dos jueces de primera instancia y seis magistrados solicitaron su jubilación, y una séptima magistrada desistió, es conveniente hacer unas precisiones, que si se permite al suscrito, desde la óptica actual del observador judicial, dada mi antecedencia de 32 años laborando en dicha institución me permiten ver y expresar algunas experiencias con el único propósito de mejorar el futuro de la función judicial.

En primer término está la cuestión científica, si es válida la palabra, en el sentido de que los nuevos funcionarios judiciales que se elijan tanto por el pleno del Tribunal Superior de Justicia como por el pleno del Congreso del estado, deben pasar por la criba del conocimiento jurídico; deben ser verdaderos juristas o científicos del derecho formados y forjados en la carrera judicial o de menos, en la experiencia del litigio, ya que hoy en día se requiere de verdaderos conocedores del Derecho; me refiero a una verdadera formación jurídica, tanto en la teoría como en la práctica. Partimos de la idea de que los juzgadores deben conocer la ley fundamentalmente, pero también la teoría jurídica, la jurisprudencia y los tratados internacionales, tan de moda hoy en día, por la suscripción de nuestro país con diversos países y que obliga a la aplicación de la interpretación de dichos pactos internacionales y su implicación en el derecho nacional. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de los derechos humanos como es obligado derivado de la reforma constitucional del año 2011 al Artículo 1ro de la Constitución en donde se obliga a las autoridades a favorecer a las personas en la protección más amplia.

Un segundo término me obliga a hablar de la técnica jurídica. Los juzgadores deben hacer gala de las destrezas y habilidades acumuladas por el estudio, la preparación, la ponderación y la experiencia a fin de que con las nuevas doctrinas sobre la retórica y la argumentación generen más credibilidad, seguridad y certeza jurídica en los justiciables, partiendo del principio jurídico añejo de que las partes aportan los hechos y el juez sabe y aplica el derecho. Lo anterior implica la legitimación de las sentencias y fallos judiciales. Empero no debemos olvidar que nuestro sistema jurídico de derecho escrito obliga a la debida fundamentación y motivación (apoyar las resoluciones en la ley exactamente aplicable al caso y exponiendo las razones esenciales de ello) y que aun cuando se está entrando en la etapa de la oralidad, mientras no se reforma la Constitución, los diversos procedimientos o juicios deben quedar con registro escrito, óptico, digital o de cualquier otro género que la tecnología ponga al alcance de los impartidores de justicia, para preservar los datos de los casos judiciales.

Un tercer elemento es la visión del arte del Derecho; si bien es cierto que hay que aplicar la ley con verdadero conocimiento y con técnica jurídica, no debemos pasar por desapercibido el hecho fundamental de que en cada caso o juicio, se debe buscar hacer justicia como un desiderátum o como la máxima aspiración del sistema jurídico que en cada caso se le plantea al juzgador; lo anterior nos lleva a la reflexión de que todos los sistemas jurídicos consagran diversos valores y que los jueces deben ponderar y elegir cuando entran en colisión a fin de propiciar una verdadera, creíble y legítima aplicación del Derecho, pero sobre todo hacer justicia en cada caso que se les ponga a su consideración.

La tarea del pleno del tribunal y del pleno del Congreso del estado, se cumplirá en la medida que los nuevos juzgadores que se elijan para el futuro cumplan con los parámetros preseñalados: ser jurisprudentes, técnicos del derecho y justos. ¡¡La sociedad queretana lo merece!!

Apostilla: ¡¡Felices fiestas de Navidad y Año Nuevo a los lectores de EL UNIVERSAL, les desea su servidor y amigo!!

Maestro en la Facultad de Derecho de la UAQ. @JorgeHerSol jorgeherrerasolorio@gmail.com

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