Este año en Querétaro solamente 70% de las mujeres que reciben una remuneración y que están subordinadas recibirán su aguinaldo, de acuerdo con información del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

En este sentido, la entidad se colocó en el lugar 17 respecto al porcentaje de mujeres trabajadoras que recibirán su aguinaldo; y se encuentra en medio de los estados de Yucatán (16), donde el indicador es de 71%, y Campeche (lugar 18), donde el indicador es de 67%.

Mientras tanto, el porcentaje más alto es el de Coahuila, donde 82% recibirá aguinaldo, y el menor es Tlaxcala, con 42% de las mujeres.

Al analizar cuántas mujeres reciben aguinaldo, la investigadora del IMCO, Natalia Campos, observa que del total de la población femenina, 66% recibe aguinaldo en el país, en comparación con 60% de hombres con acceso a esta prestación laboral.

Señala que aun cuando menos mujeres participan en el mercado laboral, como trabajadores con remuneración, de las poco más de 10 millones de mujeres que en el país reciben aguinaldo, la mayoría tiene un empleo formal (casi 86%).

“En México hay poco más de 15 millones de mujeres con un trabajo que reciben un sueldo frente a 23 millones de hombres. Sin embargo, una mayor proporción de trabajadoras recibe aguinaldo en comparación con los hombres: 66% versus 60%”, expone el IMCO.

El instituto realizó este estudio con base en datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Al respecto, el 20 de diciembre es la fecha límite para que los trabajadores reciban su aguinaldo, el cual debe ser equivalente a cuando menos 15 días de trabajo.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que en el país los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir su aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre.

Las personas que no hayan cumplido el año de servicio —independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo— tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado.

“En caso de omisión por parte del patrón, por ley, se deberá agotar una audiencia de conciliación ante el centro federal de conciliación o ante el centro local de conciliación, con el fin de evitar juicios y pleitos jurídicos largos”, expone la Profedet.

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