Sólo dos de cada diez empresas en Querétaro utilizan la nueva herramienta en línea para reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las contrataciones vía outsourcing, informó Aldo Ramírez, director de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneración de KPMG México, empresa de asesoría fiscal y legal.

Desde febrero de 2018, está en funcionamiento una herramienta en línea para que las empresas que contratan vía outsourcing demuestren al SAT que sus trabajadores reciben todas las prestaciones de ley.

Debido a la ambigüedad de la ley muy pocas empresas han comenzado a usar la herramienta. Si bien no es obligatorio usar el software, se tiene hasta septiembre de 2018 para entregar la información del ejercicio 2017 en línea o en papel, advirtió.

El no ocupar la nueva tecnología genera pérdida de eficiencia administrativa y se hace más complicado verificar el cumplimiento de derechos laborales. “El beneficio para las empresas permite tener un control sobre los proveedores de servicio y verificar de forma eficiente que estén cumpliendo sus obligaciones”, dijo.

La responsabilidad fiscal.

Desde 2017 las empresas están obligadas a comprobar mensualmente que sus trabajadores subcontratados estén dados de alta con un el salario correcto ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y que se les deduzca el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Sin embargo, esta obligación sólo aplica para aquellas empresas que contratan servicios de personal, y no para otros servicios especializados. “La Ley Federal del Trabajo establece que si a los trabajadores subcontratados se les dan órdenes directas o supervisa su trabajo, entonces son trabajadores de servicios de personal, y las empresas deben verificar que se garanticen sus derechos”, explicó.

“Para empresas de outsourcing se ha generado confusión en identificar si se debe solicitar la información de los trabajadores en empresas de vigilancia, comedor, limpieza y de mantenimiento”, dijo.

Actualmente las empresas contratantes realizan un análisis sobre las empresas de outsourcing con las que han contratado servicios de personal. Están determinando en cuáles servicios están obligados a pedir información para reportarlo al SAT, dijo.

Este cambio no es sencillo porque en los contratos de prestación de servicios, no se contempla que el proveedor de personal deba de entregar información a la empresa que lo contrata.

“Esto causa duda de cómo entregar los CFDI de los trabajadores de manera confidencial y retrasa el uso del aplicativo”.

Prórroga.

La entrega de documentación al SAT por parte de las empresas estaba programada para inicios de este año; sin embargo, se estableció una prórroga hasta septiembre de 2018. Al existir esta prórroga, las empresas aún están analizando el usar el aplicativo o no.

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