Ante la exigencia de organizaciones sociales de clasificar como feminicidio el caso de Yosheline Arenas Heredia, el procurador del estado, Alejandro Echeverría, explicó que si se tipificara así, el imputado podría obtener elementos para salir en libertad, además de que no reúne las características para considerarlo así.

“Nosotros acusamos por el delito de lo que exactamente dice la ley [homicidio calificado]. Si hacemos otra cosa, le damos ciertas ventajas y ciertas facilidades al imputado para que este pudiera salir en libertad, sin embargo, yo respeto la opinión de todas estas organizaciones, pero me parece que también existe desinformación en razón de que no existe ni la certeza ni el conocimiento pleno de lo que existe dentro del expediente”, manifestó el procurador.

Echeverría Cornejo añadió que “tanto la familia y el abogado que representa a la familia, conocen perfectamente el expediente y saben por qué razón y por qué motivos fue consignado por homicidio calificado […] Ellos conocen con certeza el expediente y cómo fueron las circunstancias de modo, tiempo y lugar en la forma en la que se cometió este delito”, refirió el funcionario.

Por su parte, Jorge Sánchez, abogado que representa a la familia de Yosheline Arenas Huerta, coincidió con el procurador.

“Nosotros creemos que el delito se encuentra perfectamente tipificado, a partir de que se reúnen los elementos del tipo penal de homicidio. Nosotros entendemos que el soporte legal que se le dio a este asunto es el adecuado. Nosotros somos los principales interesados en que este procedimiento se lleve de manera correcta ante la Procuraduría”, dijo.

El delito de feminicidio los obligaría a probar que el delito se cometió por razones de género, situación, que según el abogado, no sucedió.

“Nosotros no creemos que fue por cuestiones estrictamente de género, sino por cuestiones estrictamente de una voluntad de hacer daño a una persona. Nosotros vemos que la consignación fue la correcta”, expresó.

Según información del gabinete de Seguridad del estado, a través de la Coordinación de Comunicación Social se menciona que “si se llegara a acusar al responsable de feminicidio sin que los hechos encuadren en ese delito de acuerdo a nuestra ley, sería tanto como estar favoreciendo al responsable y abrirle la puertas para que cualquier defensor lo pueda sacar de la cárcel. Se le acusa de homicidio dado que los hechos realizados, son eso, un homicidio doloso”.

Y señalan además que “el delito de feminicidio, de acuerdo a nuestra ley, exige un hecho de circunstancias y modalidades que en los hechos de Yosheline no suceden, no hay ninguno de los supuestos en el caso de la joven, de acuerdo a nuestra Ley estatal que lo califique como feminicidio”.

En el Código Penal estatal se determinan los elementos que constituyen un feminicidio.

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