El diputado federal por Querétaro del PAN, Marcos Aguilar Vega, fue sancionado por el Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) con una amonestación pública, por actos anticipados de precampaña que realizó en septiembre de 2013, durante la campaña de su primer informe legislativo.

El procedimiento sancionador fue promovido por el diputado local del PRI Diego Foyo López ante la instancia electoral federal (IFE), quien se declaró incompetente para resolver el asunto, y declaró al IEQ como la instancia para resolver la denuncia.

Al respecto la secretaria ejecutiva del IEQ, María Esperanza Vega Mendoza, aseguró que los elementos que valoraron para fincar la amonestación pública fue la entrevista telefónica hecha el 25 de septiembre al legislador en un medio radiofónico, donde expresó su intención de participar en los comicios electorales del 2015.

“Textualmente en la entrevista que fue reproducida, él menciona, a una pregunta expresa: ‘por supuesto´, sí voy a participar en la contienda interna del partido, mi aspiración y mi sueño es ser presidente municipal de Querétaro, estoy trabajando todos los días para lograr este propósito´, y también menciona que en su momento pedirá los votos a los panistas”, refirió.

Informó que otros elementos que abonaron a la resolución, fue la propaganda visual que realizó en el marco de campaña de su primer informe de actividades, la cual, también se determinó que tuvo fines de proselitismo electoral.

“Determinamos que hay elementos para mencionar que efectivamente hay actos anticipados de precampaña y que estas actividades que él realizó durante los días que informó sobre sus actividades tienen fines de proselitismo electoral; en este sentido, se entiende por proselitismo cuando en esta entrevista menciona que tiene una aspiración y que está trabajando todos los días para ello y que en su momento pedirá el voto de los panista para ir a una contienda interna”, explicó.

Según la funcionaria electoral, la amonestación al legislador implica un llamado a que respete la ley electoral de Querétaro (artículos 6 y 112) y la normatividad en la materia.

“Lo que estamos garantizando es la equidad en la contienda electoral, que todos los que en un futuro puedan aspirar a ocupar un cargo de elección popular tengan el mismo piso, que sea equitativo, ya que estas conductas que realizó, resultaron violatorias y ponen a otros candidatos en desventaja”, comentó.

Agregó que existen tres tipos de sanciones en un procedimiento ordinario sancionador: la amonestación, la multa y posteriormente la pérdida de registro como posible candidato; sin embargo, para que un funcionario pueda ser acreedor a esta última, depende de las particularidades del hecho.

El IEQ informará de manera inmediata al diputado federal panista sobre dicha resolución, quien a su vez tiene un periodo de cuatro días para presentar un medio de impugnación ante la Sala o Tribunal Electoral o, de lo contrario, dicha amonestación pública quedará firme y fijará un precedente.

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