El secretario ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), Carlos Eguiarte Mereles, informó que el órgano espera la notificación de la resolución de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en materia de paridad de género en candidaturas para presidencias municipales, a fin de correr 48 horas para que el Consejo General emita los lineamientos que determinen cómo los partidos van a cumplir con estos requisitos.

“No hemos sido notificados, en términos legales es indispensable ser notificados, además de conocer el contenido y alcance de esta sentencia para proceder adecuadamente y cumplir la instrucción del tribunal”, comentó.

Sin embargo, dijo que debido a que esta sentencia está publicada en la página de Internet de la Sala Regional, el instituto ha iniciado un análisis sobre los alcances de esta sentencia, principalmente con el plazo de 48 horas que tienen que correr a partir de la notificación oficial.

“Una vez que se nos notifique tenemos que convocar a sesión, para que este consejo pruebe los lineamientos que determinen cómo los partidos van a cumplir con los requisitos que han sido modificados por la Sala Regional de Monterey y que modifica el acuerdo del tribunal del estado“, señaló.

Agregó que dentro de los planteamientos de la sentencia dictada por la Sala Regional, se encuentra que los partidos no deben registrar exclusivamente a mujeres en aquellos distritos en donde ha tenido menor votación.

Un segundo punto de esta sentencia y que fue modificado por la Sala Regional es la obligación de los partidos registrar en el número uno de la lista de candidatos de representación proporcional a una mujer, por lo cual, ahora ésta puede ser ocupada por un hombre o mujer, pero respetando el consecutivo de hombre-mujer, lo cual garantiza la paridad de género.

En cuanto a la integración de diputados de mayoría relativa, de los 15 candidatos, anteriormente en la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, tenían que ser ocho mujeres y siete hombres. Con la nueva resolución esto ya no es necesario, pueden ser ocho hombres y siete mujeres.

“Una modificación adicional es el hecho de que en los 18 ayuntamientos, nueve de ellos deben ser encabezados por mujeres, la parte relevante está en el cómo y cuándo deben de cumplir los partidos, y esto nos deja en libertad para determinar cómo y cuando”, destacó Eguiarte Mereles.

El funcionario electoral indicó que deberá haber sustituciones de los registros que actualmente tiene el IEEQ en cuanto a los candidatos a presidentes municipales, por lo cual, el Consejo General debe establecer un plazo razonable para que los partidos presenten estas sustituciones.

“No debe ser un plazo corto, ya que los partidos deben tomar acuerdos a fin de no quitar días de campaña, que actualmente ya están corriendo, debe ser un plazo razonado y que puedan cumplir para alcanzar este objetivo”, refirió el secretario ejecutivo.

Asimismo, Carlos Eguiarte comentó que en el caso de la coalición PRI-PVEM-Nueva Alianza, que está registrado en cinco municipios, la sentencia obliga a la figura del partido y coalición que de estos cinco, tres municipios deben ser mujeres y dos hombres o viceversa y en el resto, siete mujeres y seis hombres.

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