La Comisión de Planeación y Presupuesto de la 59 Legislatura aprobó la iniciativa que adiciona disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro.

El presidente de la Comisión Legislativa, Gerardo Ángeles Herrera, expresó que con esta acción se busca consolidar la armonización de la legislación estatal conforme a los parámetros establecidos en la Ley General de Comunicación Social, que entró en vigor el 1 de enero de este año.

“La propuesta considera un contexto real, en el que los servicios de comunicación son dinámicos y requieren de una regulación que permita que exista agilidad para su contratación, ya que el acceso a la información, transparencia y rendición de cuentas, constituyen derechos fundamentales que no se podrían alcanzar si se interrumpen este tipo de servicios”, afirmó el legislador.

Añadió que esta iniciativa propone la adición del artículo 22 bis a la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contrataciones de Servicios en el Estado de Querétaro, “en el cual se establecería la alternativa de que los servicios de Comunicación Social sean contratados bajo distintas modalidades, conforme a los principios y disposiciones legales aplicables”.

Dijo que “esta propuesta tiene como objetivo que la contratación de estos servicios se realicen en apego a la eficacia”.

Indicó que ante la ausencia actual del padrón nacional, esta adición a la legislación estatal propone también que los medios de comunicación cumplan con la obligación de inscribirse en el padrón de proveedores del Poder Ejecutivo del Estado.

La diputada Concepción Herrera Martínez afirmó que con esta propuesta “se pretende armonizar la normatividad en materia de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios del estado con la Ley General de Comunicación Social, a propósito de su vigencia y obligatoriedad.

“Ello, con la intención de incluir los servicios de Comunicación Social como un caso de viabilidad para la realización de adjudicaciones directas, como mecanismo en el que el propio ente estatal selecciona a sus contratantes.

“Lo rescatable es que se genera la información necesaria para dar certeza al procedimiento de la adjudicación directa a aplicar para la contratación de medios de comunicación, utilizando las mejores condiciones para el estado y con observancia de los principios de eficacia, eficiencia, honradez y transparencia, con el fin de garantizar la difusión de la información oficial, que en ocasiones es de carácter prioritario o urgente, al margen de que debe privilegiarse el interés público, además que es una concesión de los ciudadanos y un derecho humano para estar bien informados”, expresó la le- gisladora.

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