La recomendación emitida por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a la Secretaría de Gobierno del estado ya fue aceptada, en donde se acusa de negligencia al director del Centro de Readaptación Social de San José el Alto, Joaquín Ruelas Rivera.

El pasado 8 de febrero, la CEDH, en voz de su presidente Miguel Nava Alvarado, emitió una recomendación contra la Secretaría de Gobierno del estado.

La recomendación estipula que hubo omisiones de los servidores públicos en el trato proporcionado al joven Yamil Gerardo Álvarez Vázquez, quien —de acuerdo con la Procuraduría General de Justicia (PGJ)-, se quitó la vida al interior reclusorio para menores, adonde había sido remitido por hechos violentos registrados en septiembre de 2012, en la colonia Candiles.

Miguel Nava Alvarado, con base en la investigación posterior, dio a conocer que el médico adscrito a la Dirección General de Reinserción Social ordenó como parte del tratamiento del menor, su permanencia en absoluto reposo y observación las 24 horas del día, por una lesión que presentaba.

Las autoridades del centro de internamiento hicieron caso omiso, pues el muchacho no permaneció en la enfermería y tampoco fue asistido por el personal que requería.

El detenido fue puesto en aislamiento y tampoco se le permitía participar en actividades colectivas.

Sin embargo, aceptar la recomendación de la Comisión es únicamente reconocer la falta de colaboración del director del Centro de Readaptación Social de San José el Alto, Joaquín Ruelas Rivera; pues aún no se ha demostrado su presunta negligencia.

“Lo que sigue es ver los grados de cumplimiento de la recomendación. Relativos al procedimiento administrativo de responsabilidad al director general de Reinserción Social como al director de Internamiento para menores. Por un lado esa fue la recomendación y algunos otros puntos que derivaron, es con motivo del inicio de la queja iniciada de oficio por la Comisión por la no colaboración del director”, dijo el ombudsman.

Uno de los puntos principales es que se dé seguimiento puntual al procedimiento administrativo de responsabilidad y se determine qué grado de participación y responsabilidad tienen esos servidores públicos, por lo que ahora depende del órgano interno de la Secretaría dar cumplimiento al procedimiento administrativo.

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