El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), en sesión, revocó las medidas cautelares contra las jornadas del Partido Acción Nacional (PAN) Q Bienestar.

En entrevista, la magistrada presidente del TEEQ, Gabriela Nieto Castillo, señaló que no corresponde a esta instancia determinar si hubo actos de campaña en los actos realizados por Acción Nacional.

“No podemos determinar, no nos corresponde, toda vez que lo que es se está impugnando son las medidas cautelares que son instrumentos que tienen un carácter provisional, que tienen como finalidad la materia de la litis, es lo que nosotros tenemos que atender y derivado de los elementos consideramos que deben ser revocadas, pero no podemos pronunciarnos en relación a si son o no son, con respecto a los actos que se consideran como de campaña o precampaña, no nos corresponde”, recalcó.

Indicó que corresponde al Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) si hubo o no actos anticipados de campaña en los eventos organizados por el PAN.

Agregó que la realización de estos eventos por parte de Acción Nacional dependerá de la decisión que tome el Instituto Electoral del estado.

A finales de enero, el IEEQ resolvió adoptar medidas cautelares para las jornadas Q Bienestar, debido a las denuncias presentadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por considerarse que eran actos anticipados de campaña, al estar presentes personajes como el senador Francisco Domínguez Servién.

Por otro lado, Nieto Castillo indicó que en la sesión de ayer se dio vista a seis medios de impugnación y un acuerdo plenario.

El primer asunto, precisó, fue un recurso de apelación del Partido Humanista contra un acuerdo del Consejo General del IEEQ, en el cual se determina el monto que deberá ser asignado a los partidos políticos.

“Se le está dando la razón al Partido Humanista en lo que respecta a la necesidad de considerar la partida referente a un rubro de financiamiento especial, toda vez que en las otras peticiones consideramos que la decisión del instituto es correcta”, agregó.

En tanto sobre la denuncia presentada por Pedro Carrasco Trejo en el procedimiento contra Mauricio Kuri González, por actos anticipados de campaña en el municipio de Corregidora, que el IEEQ consideró improcedente por haberse presentado a destiempo.

En su oportunidad y tras los argumentos presentados, la magistrada Cecilia Pérez comentó que el TEEQ con su resolución no abre la puerta a que se presenten quejas o controversias fuera de los tiempos establecidos por la ley y las autoridades.

“El tribunal no abre la puerta para que de manera extraordinaria, extemporánea al plazo que tiene propiamente tengamos que estar recibiendo recursos con esos retrasos”, apuntó.

En el mismo sentido Nieto Castillo enfatizó que en la entidad se debe garantizar el acceso a la justicia para todos los ciudadanos, así como respetar las garantías individuales de los mismos.

En la votación los tres magistrados sufragaron a favor, en consecuencia se confirmó la resolución emitida.

Del mismo modo, dijo Nieto Castillo, se llegó a acuerdo plenario, pues se interpuso una impugación a un juicio para los derechos políticos electorales, que tiene que ver con el partido Morena y “returnamos el asunto como tal, pero propiamente este asunto tenemos que reencauzar la vía y se acaba de lograr este acuerdo plenario, para que sea abordado como un recurso de inconformidad de acuerdo a lo que establece el artículo correspondiente en la ley de medios de impugnación del estado de Querétaro”.

Google News

TEMAS RELACIONADOS