Es requisito indispensable contar con la autorización documentada de los menores de edad que aparezcan en la propaganda política y electoral, comentó el secretario de Estudio y Cuenta de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Michell Jaramillo Gumecindo.

Lo anterior, al dictar la conferencia convocada por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) “La Protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda electoral”, en el marco de las Jornadas de Derecho Electoral.

El ponente resaltó que al regular la aparición de los infantes en la propaganda electoral, —ya sea en radio, televisión, internet, redes sociales, espectaculares, lonas, mantas, pendones, dípticos, revistas, medios impresos o cualquier medio propagandístico—, como autoridad jurisdiccional, el tribunal buscó proteger a este sector de la población para no afectar su vida futura vinculada a alguna situación.

Por ello, dijo, es importante que al o la menor se le informe de manera libre y detallada de su papel en un promocional; además para los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidatos y candidatos, personas físicas o morales y autoridades electorales, deberán obtener los permisos y consentimientos documentados del padre, madre o tutor sobre los menores para realizar el promocional, de lo contrario se podrían invalidar.

Por su parte, el consejero del IEEQ, Luis Espíndola Morales, apuntó que Querétaro cuenta con normatividad en la materia en el ámbito local, mediante los ‘Lineamientos para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda’. Redacción

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