El Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) deberá reponer el procedimiento de solicitud, que en su momento realizó Convergencia Ciudadana para conformarse como partido político.
Esto en base a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien consideró que el órgano electoral local incurrió en una violación de la garantía de audiencia en contra de dicha asociación política.
El secretario general de Convergencia Ciudadana, Julio Cesar Martínez Luna, aseguró que la sentencia fue emitida tras la impugnación que realizó la organización con respecto a las resoluciones del Consejo General del IEQ y de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del estado en marzo y abril.
“Tuvimos la resolución a la negativa que dio el IEQ y el TSJ del estado, en relación a no dar el registro de partido a Convergencia Ciudadana, ésta fue favorable a los intereses de nuestro organismo, por lo cual se ordena al Consejo General del IEEQ reponer el procedimiento de registro como partido político local, así como emitir una nueva resolución en los términos de la ley”, aseveró.
Con dicho dictamen se determina que Convergencia cumplió con los requisitos, mismos que en su momento fueron invalidados por la autoridad electoral local, aseguró.
“Convergencia Ciudadana había logrado acreditar 22 mil 665 afiliados, pero las autoridades locales consideraron que no se había cumplido con el requisito exigido por la ley, ya que de esos, sólo 16 mil ciudadanos podían registrarse”.
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