El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) resolvió cinco recursos en materia electoral, dos de éstos con relación a denuncias interpuestas en contra del senador panista, Francisco Domínguez Servíen; una tercera contra Marcos Aguilar Vega; la cuarta contra Movimiento Ciudadano y una quinta interpuesta por un ciudadano por los lineamientos marcados para candidaturas ciudadanas.

De acuerdo con la magistrada presidente del TEEQ, Gabriela Nieto Castillo, tres fueron de apelación y dos con juicio para protección de los derechos políticos electorales.

En el caso de los tres primeros, dos de ellos fueron interpuestos por el Partido Encuentro Social y el PRI, en contra de una resolución que en su momento fue dictaminada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), por aparentemente actos que realizó Domínguez Servíen.

Uno de los recursos fue promovido por el PRI, contra el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del IEEQ, quien desechó una denuncia interpuesta en contra del senador Francisco Domínguez por su programa “Planeta Azul”.

“Se solicitó un informe al Senado y a la Secretaría de educación del estado, y dicha información no genera ninguna afectación jurídica en el proceso que lleva la autoridad electoral, asimismo se revocó el acuerdo de las medidas cautelares para que la Unidad Técnica verifique el tema”, dijo la magistrada.

En cuanto al tercer recurso, fue una denuncia ciudadana promovida por la ciudadana Neftalí Moya de Santiago en contra del legislador federal panista, Marcos Aguilar Vega, por supuestos actos anticipados de pre campaña.

Al respecto, los magistrados del TEEQ resolvieron que es el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, quien resolvió en primera instancia esta denuncia y la calificaron de “frívola”.

En los dos últimos asuntos se manejan procedimientos de juicios locales para la protección de los derechos político-electorales, donde en el primer caso se generó en función de que la demandante solicitó a la Comisión de Movimiento Ciudadano que se convoque a una audiencia de procedimiento disciplinario, sin embargo, de acuerdo con el colegiado no hubo materia para darle seguimiento, toda vez que en un proceso anterior el Tribunal fijó que no se habían cumplido los requisitos del emplazamiento.

Por último, la magistrada presidenta informó que en el fallo del último procedimiento analizado, el denunciante Rolando Augusto Ruiz Hernández que promovió un recurso de inconformidad contra el IEEQ por la convocatoria a candidatos independientes, se calificó de improcedente toda vez que el recurso fue promovido de manera extemporánea.

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