Esta mañana el Instituto Nacional Electoral (INE) formalizó una controversia constitucional  ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la decisión de la Cámara de Diputados de recortar 950 millones de pesos a su presupuesto 2019 y además reducir las percepciones de sus funcionarios.

Esas decisiones representaron una “clara vulneración a la autonomía e independencia” del organismo, argumentó.

Según el Instituto, la reducción de recursos pone en riesgo el cumplimiento autónomo de las funciones constitucionales que tiene asignadas el INE, y ese recorte no fue fundado ni motivado, por lo que se invadieron las esferas de competencia del organismo electoral.

“El INE considera que la Cámara de Diputados no puede válidamente realizar una reducción presupuestaria que, sin justificación, motivación ni fundamentación alguna, se lleve a cabo sin sin un análisis de las consecuencias e implicaciones que supone”.

Además ese recorte se dio sin estar en un contexto de reducción del presupuesto público general, se indica.

Así la reducción impide al INE el ejercicio de sus funciones,pues ello claramente viola su autonomía financiera y su independencia económica, sometiéndolo a la necesidad de dejar de cumplir con sus obligaciones, o bien, gestionar ampliaciones presupuestales con el gobierno federal”.

El recurso presentado también se cuestiona  la invasión a la esfera competencial del INE por parte de la Cámara de Diputadosal establecer aspectos inherentes a las condiciones de trabajo de las y los servidores públicos, las cuales se rigen por lo que establece la ley electoral y el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa”.

Al modificar en el PEF 2019 los tabuladores que el Instituto había aprobado en ejercicio de su autonomía y con pleno respeto al artículo 127 constitucional, así como a las demás normas que rigen sus remuneraciones, la Cámara de Diputados "obligaba al INE a vulnerar derechos humanos de sus trabajadores y trabajadoras”, se indica en la controversia.

bft

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