Hace cinco años, los diputados de Morelos votaron a favor de eliminar el fuero constitucional para alcaldes e integrantes de los cabildos. La propuesta —según los legisladores— era un reclamo social para frenar el abuso de autoridad y desfalco al erario público. A la fecha, suman 11 estados que han quitado la inmunidad judicial a los funcionarios y, se suma Michoacán, donde el fuero para autoridades municipales nunca existió.

Hortencia Figueroa Peralta, diputada local por el PRD,  quien llevó está iniciativa al Congreso  de Morelos  en junio de 2011,  recuerda varios casos de abuso de la ley  al amparo del fuero,  en  uno estuvo involucrado  el síndico  de Jiutepec, Luis Édgar Castillo Vega,  quien el 10 de mayo de ese año, luego de la celebración “oficial” del Día de las Madres irrumpió a la vivienda de su esposa ubicada en Cuernavaca, para golpearla y lanzarle balazos. No huyó,  se atuvo al  fuero constitucional.

De acuerdo con la carpeta de investigación SCO/4065/2011, el síndico de Convergencia, en estado de ebriedad, golpeó  a la mujer  en presencia de la hija de ambos  de sólo cinco años,  y lanzó disparos contra el domicilio. No fue detenido por los golpes a su cónyuge, sólo por la portación del arma y 24 horas después obtuvo su libertad.

El caso tuvo gran impacto mediático, pero los ejemplos como éste abundan por eso, “tenía que reformarse la Constitución General para eliminar una figura caduca, pero la iniciativa no fue aprobada  ese año  porque había mayoría priísta”, recuerda  la perredista  y añade que fue en  2012, en  el siguiente periodo, cuando se votó para reformar la fracción 61 de los artículos 40 y 136 de la Constitución del estado para eliminar el fuero constitucional a las autoridades municipales.

En el planteamiento se resaltó que era necesaria quitar la inmunidad judicial para que, en caso de que “servidores públicos de alto nivel incurran en algún hecho ilícito de carácter penal, puedan ser sujetos a procedimiento sin esperar a que el Congreso dilucide si ha lugar o no a la formación de causa”, expuso entonces el diputado local Edmundo Javier Bolaños Aguilar del Partido Acción Nacional (PAN).

Sin embargo, Morelos respetó el fuero al gobernador, a los diputados locales, a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y a los consejeros de la Judicatura Estatal.

Pasaron cuatro años para que diputados de otros estados se animaran a eliminar el fuero.  En mayo de 2016, los legisladores del Congreso de Veracruz aprobaron la eliminación del fuero constitucional para el gobernador, secretarios de despacho, alcaldes y funcionarios de organismos públicos locales.

Dos meses después,  el Congreso de Jalisco votó a favor del retiro de este privilegio político para un total de mil 598 funcionarios, incluida la figura del titular del Poder Ejecutivo, los diputados estatales y federales, magistrados, así como los alcaldes, regidores y síndicos, quienes concentran 92.4% de los sujetos obligados.  Los legisladores del Congreso de la Unión conservarán la protección federal, porque se debe modificar la norma nacional.

En septiembre pasado,  Querétaro se sumó  a Jalisco y se convirtió en el tercer estado del país en aprobar la eliminación del fuero, desde el gobernador hasta magistrados y jueces.

En lo que va de 2017 han votado a favor de eliminar la inmunidad judicial a todos los servidores públicos, la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México (enero), así como los congresos de Baja California (9 de marzo), Yucatán (15 de mayo), Nayarit (25 de mayo), Nuevo León (31 de mayo), Quintana Roo (15 de junio) y Coahuila (11 de julio).

Iniciativas atoradas

El pasado 6 de junio, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Chiapas, Carlos Penagos Vargas (PVEM), presentó en tribuna una iniciativa para eliminar el fuero constitucional de legisladores locales y otros servidores públicos, pero sigue en comisiones. Asimismo, en Baja California Sur, Colima, Hidalgo, Tabasco, Tlaxcala, Oaxaca y Zacatecas hay más de una iniciativa para desaparecer el fuero, pero sigue en la “congeladora” porque los diputados no se han metido de lleno a su análisis para lograr un acuerdo. En Guerrero, principios de 2017, diputados del PRD y Movimiento Ciudadano se manifestaron porque se incluya en el dictamen de modificaciones a la Constitución Política local, la eliminación de la inmunidad judicial, que no encontró respaldo. En octubre de 2016, el Congreso de Aguascalientes (de mayoría panista) votó una iniciativa al respecto, pero no pasó; en Durango, Tamaulipas y Sonora no se ha discutido.

Especialistas difieren en efectividad

El fuero constitucional es un privilegio de servidores públicos, para mantener el equilibrio entre los poderes del Estado y salvaguardarlos de acusaciones sin fundamento, “tiene que ser eliminado en virtud de que está protección, en ocasiones, no siempre, se presta a corrupción e impunidad”, señala la doctora en Derecho Constitucional Adriana Salazar Quiñones, investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe).

“El caudal público debe ser en beneficio de la ciudadanía y este tipo de privilegios, lo que hace es obstaculizar en los casos donde se tenga que perseguir la justicia”, señala.

Sin embargo, el doctor con especialidad en Sociología Khemvirg Puente se pronuncia en contra de la eliminación del fuero porque, dice, es una medida “de populismo parlamentario” que no va a terminar con la corrupción. Se ha puesto de moda como “una respuesta superficial para tratar de compensar el rechazo de la sociedad hacia sus autoridades que sin embargo no resuelve nada”.

Afirma que lo que se debe de hacer no es eliminar el fuero, sino dejar de malinterpretarlo como una medida que impide que las autoridades sean juzgadas; “el fuero está diseñado para delitos de carácter penal porque los de carácter civil sí proceden, es decir, en un divorcio la cónyuge pueden pedir pensión alimenticia aunque el esposo sea diputado. El fuero se refiere más a delitos de caracter penal”.

“La inmunidad judicial no es darle un privilegio especial al funcionario, sino garantizarle que puedan desempeñarse sin presiones de carácter externo y que en caso de que haya una acusación en su contra este plenemanete acreditada la conducta y entonces proceder, a diferencia de cualquier ciudadano que se puede proceder penalmente de manera inmediata”, dice el acádemico, miembro del Sistema Nacional de Investigadores y remata que el representante del pueblo debe tener ciertas garantías para que siga representándolo.

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