Este viernes, la sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) suspender la difusión del spot de Mexicanos Primero denominado “¿Y si los niños fueran candidatos?”.

En sesión privada realizada hoy, los magistrados del máximo tribunal electoral del país determinaron revocar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del INE que negó el retiro provisional de dicho promocional.

El Tribunal determinó que este promocional, “así sea en un examen preliminar”, contiene elementos suficientes para justificar la adopción de las medidas cautelares solicitadas en tanto que puede influir en las preferencias electorales. 

Los magistrados señalaron que, derivado de un análisis preliminar, el promocional contiene elementos directamente relacionados con el proceso electoral en marcha, en particular la frase “piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa”.

El pleno de la Sala Superior determinó, en la sesión que se llevó a cabo en privado, que las prohibiciones constitucionales relativas a la contratación de promocionales que pretenden influir en las preferencias electorales “son absolutas”.

Determinó que lo anterior era suficiente para el dictado de la medida cautelar, “con el simple hecho de que, en el promocional denunciado, se realizara una invitación a pensar el voto en favor de una opción que fuera coincidente con la idea de transformación educativa”.

“En consecuencia, la Sala Superior ordenó, como medida cautelar, suspender de inmediato la difusión del promocional en radio y televisión”, informó el órgano jurisdiccional.

El promocional trata de cuatro niños y una niña que personifican a los candidatos a la Presidencia de la República y realizan manifestaciones relacionadas con la política educativa adoptada por el Estado Mexicano tras la aprobación de la reforma estructural en la materia.

Dicho spot fue difundido por Mexicanos Primero Visión 2030 AC, y fue denunciado ante el INE por Jorge Alcocer Villanueva, Everardo Serafín Valencia Ramírez, el Partido Encuentro Social (PES) y MORENA, respectivamente.

La Comisión de Quejas y Denuncias negó medidas cautelares solicitadas, argumentando que el promocional contenía un mensaje genérico sobre un tema de interés público, por lo que no se actualizaba la violación a la prohibición constitucional de contratar spots encaminados a influir en las preferencias electorales.

mdgm

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