De acuerdo con el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Carlos Septién Olivares, las casas hogar,  casas cuna y guarderías, deben ser revisadas administrativamente, y vigilando sus estándares de calidad, ya que por la vía penal, el órgano judicial solo es competente para revisar  estos casos en caso de que haya una denuncia penal, y se toman bajo omisión de cuidados u homicidio.

Lo anterior, ante los diversos hechos que se han suscitado en guarderías del estado y que han originado el fallecimiento de menores; así como al difusión en redes sociales del maltrato realizado al interior de una casa hogar hacia niños ahí recluidos.

Septién Olivares, explicó que por parte de estas instituciones, existe una responsabilidad real, esto ante la omisión de cuidados hacia los menores, ya que dijo, cuando una criatura entra a estos lugares, queda bajo el resguardo de los cuidadores y de los directores administrativos correspondientes.

“Ante la omisión de esos cuidados cabe la sanción penal que puede ser por lesiones u homicidio, como lo hemos visto en la guardería (NANI) hace días,  y esto nos lleva a una reflexión de que tiene que vigilarse  y verificarse los estándares de seguridad y de higiene en las diversas casas hogar, casas cunas o guarderías”, aseveró.

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