Participar en las labores comunitarias del sábado de Tequio, hacer limpieza, balizamiento de calles y reforestación son parte de las sanciones que deberán cumplir los conductores que cometan más de cinco infracciones de tránsito.

A partir del lunes, 22 de abril, entrará en operación el nuevo programa de fotocívicas, que sustituirá a las fotomultas en la Ciudad de México.

Cabe recordar que se mantienen las sanciones económicas registradas por dispositivos tecnológicos portátiles hand held, a cargo de los agentes de tránsito.

El nuevo esquema se basa en que cada placa de automóvil contará con 10 puntos. Por cada infracción se restará un punto a la placa. Esto es: las primeras dos infracciones, que equivaldrían dos puntos menos, ameritarán una amonestación verbal.

El conductor debe contar con un mínimo de siete puntos para poder verificar su automóvil, de lo contrario no podrá hacerlo y deberá cumplir con diversas sanciones.

A partir de la tercera infracción se debe cumplir con un curso en línea básico; con la cuarta infracción se debe cumplir el curso en línea básico y otro curso intermedio; con la quinta infracción se debe cumplir con los cursos anteriores y uno de sensibilización presencial.

A partir de la sexta falta, el conductor deberá acreditar todos los cursos anteriores y dos horas de trabajo comunitario.

La séptima falta equivale a cumplir los cursos y cuatro horas de trabajo comunitario.

La octava falta equivale a cumplir los cursos y seis horas de trabajo comunitario.

En la novena falta se deben de cumplir los cursos y ocho horas de trabajo comunitario.

Con la décima falta se deben de cumplir los cursos y 10 horas de trabajo comunitario.

Cuando el conductor rebase por más del 40% de la velocidad permitida, automáticamente se restarán cinco puntos a la placa.

¿Cuáles son los trabajos comunitarios?

Labores comunitarias en el sábado de tequio, determinadas por las alcaldías; limpieza, pintura o restauración de centros públicos educativos, de salud o de servicios; limpieza, pintura o restauración de los bienes dañados por el infractor.

Realización de obras de ornato en lugares de uso común; realización de obras de balizamiento, limpia o reforestación en lugares de uso común; impartición de pláticas a vecinos o educandos de la comunidad en que hubiera cometido la infracción, relacionadas con la convivencia ciudadana.

Participación en talleres, exposiciones, muestras culturales, artísticas y/o deportivas en espacios públicos que organicen las alcaldías o las Secretarías, o las que determine la Jefatura de Gobierno en coordinación con la Secretaría.

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