La iniciativa de Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas que presentó el coordinador de la fracción legislativa del PRI, Mauricio Ortiz Proal, en esencia es lo mismo que presentó su homólogo, Braulio Guerra Urbiola, en 2013.

El proyecto que promovió Braulio Guerra contemplaba 37 artículos; entre otras cosas, señalaba la celebración de convenios entre la Secretaría de Trabajo y la Dirección de Comunicación Social del gobierno estatal con empresas periodísticas, para brindar capacitación, además de servicios de salud y seguridad social.

Ello representaba que si el gobierno otorgaba esas prestaciones no sólo deslindaría a las empresas de esa responsabilidad de tipo laboral, sino que además se convertiría en el “patrón” de los periodistas, con lo que los comunicadores estarían supeditados a los gobernantes en turno; por eso, se le denominó “Ley Chayo”.

Después de un foro y varias mesas de trabajo, surgió un nuevo documento de 56 artículos, enfocados a crear un mecanismo de protección, basado en la Ley federal para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; con la diferencia de que el mecanismo no estaría encabezado por la Secretaría de Gobierno, sino por la Defensoría de los Derechos Humanos del estado de Querétaro.

Los trabajos concluyeron en diciembre de 2014; sin embargo, Braulio Guerra registró la iniciativa en 2015, días antes que concluyera funciones ese Congreso local. No fue discutida y quedó en el archivo.

Con el cambio de administración en la Legislatura local, la fracción legislativa del PAN presentó a un grupo de periodistas un nuevo documento que contenía 46 artículos. Tampoco prosperó.

A casi cuatro años del primer proyecto, regresamos a lo mismo. La iniciativa de Ortiz Proal, de 39 artículos, contempla que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como organismos autónomos y los municipios, adquirirán un seguro de vida para periodistas y serán las áreas de Comunicación Social las encargadas de llevar un registro para integrar un padrón de beneficiarios, además de crear un programa especial de servicios de salud.

Los legisladores están confundiendo “proteger” el ejercicio periodístico con otorgar servicios que son competencia y obligación de las empresas de medios.

En la recomendación general número 24 sobre el ejercicio de la libertad de expresión en México, que emitió en marzo de 2016 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se deja claro que la libre expresión es un derecho universal con estrecha relación al derecho a recibir información y opiniones sobre diversos temas, cuyo ejercicio se debe ejercer “sin restricción y sin mayores límites que los previstos en la Constitución”; por lo tanto, es obligación del estado garantizar “ampliamente” el derecho a difundir informaciones y opiniones.

Sin embargo, la misma CNDH, en esa recomendación, reflejó su preocupación sobre que son los mismos servidores públicos quienes, por “acción y omisión”, contribuyen a generar en el país un contexto de violencia hacia el gremio.

Si bien advierte la necesidad de adoptar medidas de prevención para resolver las causas de la violencia contra los periodistas y generar mecanismos de protección, deja claro que éstos deben estar encaminados a que los servidores de los gobiernos de los estados y municipios no obstaculicen la labor de comunicación.

Otras medidas de prevención son capacitar a las fuerzas del orden y a los encargados de aplicar la ley sobre el rol de la prensa. También respetar el derecho de los periodistas a reservar sus fuentes de información, apuntes, archivos personales y profesionales; además de sancionar la violencia contra los comunicadores, al reconocer en los códigos penales delitos cometidos en represalia por su actividad profesional, entre éstos los cometidos por los servidores públicos.

Otra forma de prevenir y proteger la labor periodística es reconocer en los ordenamientos jurídicos que las amenazas y hostigamientos hacia periodistas son derivados del ejercicio de informar, principalmente de los temas relacionados con la delincuencia organizada, seguridad pública y corrupción, además de capacitar a servidores públicos sobre derechos humanos y la libertad de expresión.

En síntesis, “proteger” a través de un mecanismo para entregar dádivas no debe ser motivo de una ley, sino garantizar un derecho consagrado desde la Constitución. Sólo eso, que se permita la crítica y la diversidad de opiniones.

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