No cumplir con la Constitución también es corrupción. Parece afán de algunos servidores públicos incumplir con la Carta Magna y leyes secundarias. Podemos pensar que es consecuencia normal de quienes nunca en su vida habían ocupado cargos públicos y actúan como si fuesen particulares y no autoridades obligadas a respetar todas las normas legales, empezando por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Independientemente de que hoy, esas autoridades sean protegidas del mismo sistema y los abusos los vean como equivocaciones de las cuales no deriva responsabilidad legal alguna, eso es abuso de poder.

Muchas han sido las acciones ilegales que han realizado las autoridades desde que tomaron posesión del cargo público. De las más recientes fue la publicidad emitida por la Secretaría de Turismo, en la que aparecía la referencia abierta a Morena y al Presidente de la República, en sus tiempos de candidato. Los últimos 4 párrafos del artículo 134 Constitución, prohíbe tajantemente propaganda gubernamental que no sea “Institucional”. Sin embargo, la imagen que se difundió en los medios televisivos abiertamente promocionaba a Morena, al aparecer el emblema de ese instituto y al Presidente de la República; dos infracciones o faltas a la vez. Vinieron las quejas ciudadanas, de analistas y periodistas, el promocional tuvo que ser suspendido. El INE nada hizo por ser incompetente, vamos, por no tener competencia en ello. Y la Fepade como si no existiera.

El Presidente simplemente dijo que se trató de un error y el delito se fue a la basura. Esa acción intrínsecamente fue un acto de corrupción, haya sido intencional o cometido por ignorancia de la ley. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales es omisa al respecto, por no ser actos de naturaleza electoral.

La Consulta popular llevada a cabo por la autoridad federal para decidir si se continuaba con la construcción de la termoeléctrica de Morelos, violó flagrantemente el artículo 35 fracción VIII de la Constitución. Tampoco sucedió nada. La secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, pidió públicamente al titular de la Comisión Reguladora de Energía, que dejara el cargo para investigarlo y determinar si le resulta responsabilidad administrativa de tráfico de influencias. Sandoval violó el principio de inocencia sin pudor alguno. En el blog de esa Secretaría aparece toda la información pública en contra de quien apenas se está investigando sin denuncia previa. Incluso se debe guardar la identidad de un presunto criminal por respeto al debido proceso y presunción de inocencia. El investigado se enteró de su acusación a través de los medios de comunicación sin haber sido emplazado legalmente a juicio. Violación al 16 Constitucional. La decisión del Presidente, al anunciar que dará en administración a la Secretaría de la Defensa Nacional, el aeropuerto de Santa Lucía, así como poder construir y vender inmuebles en esa zona. La violación en este caso se da a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en ninguna de las atribuciones que corresponden a esa Secretaría está la facultad de administrar aeropuertos, mucho menos de realizar negocios inmobiliarios. Se trastoca la naturaleza y funciones del Ejército. Si bien podría argumentarse que apenas es una promesa, ella es en sí mismo es otro acto de corrupción, si acaso tentativa, dado que existe la intención de violar la ley. Uno más, relativo a la cancelación de la mina de oro que se pretende construir en Los Cardones, baja California Sur ¿Acaso la mina iba a ser del gobierno federal? Claro que no, los trámites son de particulares. Violación al derecho de ser oído y vencido en juicio, previsto por el artículo 16 constitucional.

Analista legislativo. @HectorParraRgz

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