Esta semana presenté ante el pleno del Senado de la República una iniciativa para reformar la Ley General de Salud donde se establecerá claramente que, en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias aplicarán protocolos para el diagnóstico temprano del embarazo múltiple, con lo que propiciaremos una mejor atención de estos casos que ponen en especial riesgo a la mujer mexicana.

Muchos de nosotros conocemos de alguna manera sobre embarazos múltiples, pero no somos realmente conscientes del enorme riesgo materno-infantil que conllevan; con esta propuesta queremos avanzar hacia mecanismos superiores de protección.

El embarazo múltiple se define como aquél donde existe la presencia de dos o más fetos que se desarrollan simultáneamente en el útero; es decir los gemelos, trillizos, cuatrillizos, etcétera, todos entran en esta categoría clínica.

Existen diversos factores naturales relacionados con este tipo de embarazo, como la herencia (antecedentes familiares de embarazos múltiples), la edad madura en la mujer al momento de la concepción, multiparidad (embarazo previo, especialmente si fue múltiple) y la raza (siendo las afroamericanas las que registran una mayor propensión, y las mujeres caucásicas por encima de los 35 años donde se observan las tasas más elevadas de embarazo de más de dos fetos); así como otros factores no naturales como la creciente medicación para estimular la ovulación, y el sometimiento a tecnologías de reproducción asistida como la fertilización in vitro y otras técnicas que pueden ayudar a las parejas a concebir.

Se atribuye a una combinación de estos factores que en las últimas décadas la probabilidad de embarazo múltiple se haya incrementado considerablemente en países desarrollados, pasando de 1 a 2%, dependiendo la fuente de registro, hasta un 3%.

Si bien esta proporción respecto del total de embarazos parece menor, al comparar la morbilidad y mortalidad perinatal con la gestación única, tenemos una mayor proporción de complicaciones, como ser prematuros, restricciones del crecimiento fetal, malformaciones congénitas y muerte fetal.

Asimismo, se ha demostrado un aumento significativo de la morbilidad materna, donde el embarazo múltiple significa una mortalidad materna 2.5 veces mayor, así como seis veces más probabilidades de ser hospitalizadas por complicaciones, incluyendo: preeclampsia, donde el riesgo es casi tres veces mayor en mujeres con embarazos gemelares y hasta nueve veces en triples; parto pretérmino (se presenta en 50% de los embarazos gemelares); ruptura prematura de membranas; desprendimiento prematuro de placenta, hemorragia posparto; y muchas otras.

El embarazo múltiple plantea un reto que debe vigilarse de manera diferente a la gestación única, pues se considera de alto riesgo reproductivo. Siendo vital durante el primer trimestre la aplicación de diversos procedimientos para su identificación temprana, así como para la determinación del número de fetos presentes en la gestación. Asimismo, es necesario también determinar la corionicidad y amniocidad (saber si los fetos comparten o no una placenta), lo que permite anticipar posibles complicaciones y el manejo individualizado de los casos.

Adicionalmente, los costos de salud relacionados también se incrementan, llegando a ser al menos un 40% más onerosa la hospitalización, y la necesidad de una mayor vigilancia médica incrementa la demanda de consultas, lo que presiona la disponibilidad de recursos en el Sistema Nacional de Salud, pero esto último jamás debería prevalecer como respuesta a la necesidad de protección de la vida de madres e hijos en México. Más aún cuando la propia Constitución federal protege el derecho a la vida.

No obstante, la atención adecuada de los embarazos múltiples en nuestro país no se encuentra explícitamente señalada en la ley, siendo deducida a nivel reglamentario, por lo que nos urge elevar su rango legal en la búsqueda de categóricos niveles de bienestar para la mujer embarazada.

Como legislador federal, senador de la República, es nuestro deber permanente corregir las distorsiones y lagunas en la norma, propiciando en el caso que nos ocupa, la disminución del riesgo inherente del embarazo múltiple por el simple hecho de que la ley mandataría explícitamente su diagnóstico temprano.

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