“Una sola cosa nos explica bien la historia y es en qué consisten los malos gobiernos.” Jefferson.
Con la reciente reforma político - electoral, a los miembros de los Ayuntamientos en México se les faculta para ser reelectos, tema en el cual podemos estar o no de acuerdo, porque existen puntos de vista encontrados y de voces muy respetadas; en mi opinión muy personal, me inclinaría por periodos más largos con la configuración correcta de una revocación de mandato por aquello de que luego saltan a la arena política personas “non gratas” que desvirtúan la esencia del servicio público. No estoy de acuerdo que la reelección se limite al mismo partido político, es obvio y natural que después de un ejercicio constitucional habrá roces.
En igual sentido, me parece que el nuevo entramado constitucional generado en junio de 2011, la jurisprudencia constitucional e interamericana, así como los precedentes internacionales que nos obligan a respetar los derechos fundamentales, estamos conminados a replantear la interpretación del artículo 115 constitucional. Me niego, rotundamente, a pensar que los municipios sólo sean proveedores de servicios públicos básicos: agua, drenaje, alcantarillado, alumbrado público, limpia y recolección de basura, mercados, panteones, rastro, calles, parques y jardines, así como seguridad pública. Sí, en efecto, es su tarea sustantiva, pero no la única en una nueva visión moderna, por ello, adentrémonos en un análisis socio político y constitucional más profundo.
Un ejemplo de ello, en vía de mutación constitucional y a partir de la aplicación de Tratados Internacionales es la administración del Lic. Roberto Loyola Vera en la capital del estado, porque aunque él lo niegue, con todo respeto, es un jurista de altos vuelos y un político con oficio, tal y como sucede con nuestro actual gobernador, como hace algunos ayeres no se veía en Querétaro. Lo anterior es así, porque esta administración no se caracterizó por obras monumentales que endeudan al municipio ni sólo por satisfacer servicios, sino por una circunstancia muy particular que ha dado el toque especial: el enfoque de Derechos Humanos.
Esto es así, porque es la primera vez en la historia de la capital que el municipio se ocupa, además de los temas que debe atender, de otros que tiene una importancia especial: el combate a la discriminación, con una luchadora social incansable como Lídice Rincón Gallardo; el apoyo por la igualdad sustantiva de las mujeres a cargo de Marisol Kuri; el enfoque en áreas pérdidas en otras administraciones, como la juventud y el deporte; la cultura y recreación; así como una tarea muy noble, porque me consta que se realiza en la Dirección del Desarrollo Integral de la Familia, todos ellos, derechos humanos que en los distintos reglamentos municipales que los norman tienen la visión de vanguardia y de tutela de la dignidad humana, esto es, trascienden a esnobismos y faramallas a los que nos tenían acostumbrados los alcaldes pasados.
No puedo dejar pasar inadvertidos la iniciativa y el trabajo de Soledad Solana al frente de una tarea muy compleja: la reingeniería de los procesos administrativos. Basta darnos una vuelta al municipio y compararlo con otros de similar magnitud y recursos para observar cuentos avances existen: los trámites se han simplificado de manera muy significativa. Ni qué decir de la capacitación internacional de nuestra policía por el INSYDE, así como el programa Qronéctate y una excelente gestión del abogado Leonel Rojo en el Registro Civil.
Bienvenida la crítica, es un genuino derecho a la libertad de expresión, el cual también es fundamental para vivir en democracia; sólo que también en un ejercicio de medición de calidad democrática y de perspectiva de derechos humanos, analicemos que en los dos años que lleva esta administración se han logrado metas que solo en el pasado quedaron en el intento.
Hoy estamos a unos días que el Presidente capitalino rinda su Segundo Informe de labores, en lo que es un verdadero acto de transparencia y rendición de cuentas en los tiempos de ley y sin vulnerar ésta o abusar de ella, en dicho actos, seguramente, podremos observar la calidad, el empeño, la dedicación y el trabajo fino, como se dijo, no sólo en los rubros tradicionales, sino en los aspectos que permiten reinterpretar el artículo 115 constitucional y efectuar cambios sustantivos en áreas intocadas por desconocimiento, miedo o lo que es peor, por indiferencia ideológica de los gobernantes o el partido al que han pertenecido. Enhorabuena, celebro más allá de la turbulencia política natural del caso, que el municipio como órgano colegiado vaya en la dirección de tutelar derechos humanos.
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana y especialista en justicia constitucional.