La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) cumple tres años de haber entrado en vigor, este domingo 13. Es pertinente hacer un alto en el camino para visualizar los avances y retrocesos que esta normatividad ha implicado para las audiencias.

En agosto de 2014, el Congreso de la Unión y la Presidencia de la República completaron la denominada “reforma en telecomunicaciones” con la promulgación, publicación y entrada en vigor —inicio de aplicación— de dos leyes: la LFTR y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano.

Durante estos 36 meses, el saldo es de altibajos y sabor agridulce, porque si bien la ley incluyó un capítulo sobre “derechos de las audiencias” y las defensorías o los defensores para hacerlos valer, también hemos sufrido retrocesos o ataques contra estos derechos, como la creación de la Ley Reglamentaria sobre el Derecho de Réplica, que se publicó en el Diario Oficial, en noviembre de 2015.

Impulsada desde la Cámara de Diputados, la iniciativa de ley avanzó pese a críticas y señalamientos de los académicos y especialistas. Terminó el proceso legislativo y desde hace 20 meses, las audiencias padecemos una ley que en lugar de favorecer, obstaculiza y pone trabas en el ejercicio del derecho de réplica.

Sitúa a los medios de comunicación por encima de las audiencias, cuando deberían estar “al mismo nivel” en este derecho (como en su momento lo expresó y propuso vía iniciativa de ley en 2009 el entonces diputado federal Jaime Cárdenas Gracia, del PT).

A lo largo de sus 42 artículos, la Ley Reglamentaria sobre el Derecho de Réplica otorga ventajas y dificulta, sobre todo en el caso de los medios audiovisuales, que en caso de información inexacta o falsa, los medios concedan espacio para la réplica sin mayor dificultad y en el menor tiempo posible.

Así, el llamado “linchamiento mediático” sigue siendo una posibilidad y terrible realidad para la impunidad, en la que se llegan a conducir en la práctica algunos medios denominados de comunicación y que usan una parte del espectro radioeléctrico.

En contraparte, el apartado de “derechos de las audiencias” ha permitido conocer ejemplos de medios de comunicación que se han comprometido con cumplir esto y brindar un acercamiento hacia con sus audiencias, en beneficio de la pluralidad y la calidad en sus contenidos y programación.

Canal 11, de televisión pública, ha sido un referente para ello. Felipe López Veneroni, académico de la UNAM y defensor del televidente, se ha convertido en uno de los personajes que no solamente ha dado muestras de su compromiso por los derechos de las audiencias, sino que ha propuesto fortalecer más estos mecanismos y acciones que permiten empoderarlas.

En el caso de Querétaro, valdría la pena destacar a los medios de la Universidad, que ahora tienen un reto con la conformación del Consejo Ciudadano del Sistema Universitario de Radio, Televisión y Cinematografía, tema que se analizó la semana anterior en las páginas de este diario.

Radio Universidad tiene una defensoría de audiencias, pero ahora con la concesión obtenida para un canal de televisión, quienes colaboramos en estos medios necesitamos y agradeceríamos que, antes del jueves 17, por lo menos 11 ciudadanos se postularan o fuesen candidatos a este Consejo.

El balance de los 36 meses de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión arroja que todavía falta mucho por consolidar y realizar en beneficio de las audiencias.

Si bien existen nuevas normativas y bases jurídicas en comparación de a principios del sexenio, las leyes reglamentarias que se han desprendido, el actuar de la mayoría de medios de comunicación y la práctica de la comunicación en los contenidos necesitan de más responsabilidad y credibilidad en aras de fortalecer, sobre todo, el derecho a la información y el derecho de réplica.

Periodista.

@carloaguilarg

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