¡Terrorismo judicial! Eso es lo que aplica el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en muchos de los expedientes que llegan a cualquiera de sus salas, las autoridades judiciales en materia electoral suplantan la voluntad popular para, en una reducida oficina de cuatro paredes decidir el destino de un municipio, un distrito o un estado de la República, sustituyen el voto de miles de electores, por el voto de 3 o 7 magistrados. Inicialmente los políticos son los culpables de tal anómala situación al no respetar los resultados de una votación y los triunfos que no obtienen en las urnas, buscan a toda costa se los obsequien los decidores de la justicia electoral. La semana que concluyó, los queretanos sufrieron ese ¡terrorismo judicial! En la madrugada del 27 de septiembre, Querétaro se despertó con la noticia de la anulación de la elección en 2 municipios, consecuencia de ello, la anulación de las constancias de mayoría que habían recibido las fórmulas de aquellos que habían obtenido el triunfo, el cual había sido reconocido por la autoridad administrativa electoral y confirmada por el recuento de la Sala Electoral de Querétaro. A menos de 72 horas para el cambio de administración en estos municipios, trasciende la noticia que no tomarán posesión los electos por disposición de la autoridad judicial de la Sala regional de Monterrey, Nuevo León.

Los culpables de la anulación de las elecciones, habían sentenciado, Enrique Correa Sada, presidente municipal interino de Querétaro y la candidata a presidenta municipal de Huimilpan Leticia Servín, por violar principios constitucionales previstos, en el artículo 134 y 24 de la Constitución. Por hacer proselitismo político en las redes sociales, expresamente en Facebook; y por subir a su cuenta de Twitter, imágenes con contenido religioso. Estas fueron las casusas, según los magistrados, para anular el voto popular. Quienes impugnaron la sentencia del Tribunal Electoral local, festejaron el triunfo jurídico y no conformes con ello, amenazaron con promover denuncias de carácter penal en contra de Luis Bernardo Nava. Los perdedores en esta instancia, se quejaron de la injusta y violatoria sentencia que los derrotaba en el escritorio de los magistrados y no en las urnas, promoviendo de inmediato la impugnación de las resoluciones.

Las sentencias fueron impugnadas. Faltaban alegatos para desvirtuar los argumentos de los magistrados de la Sala de Monterrey para convencer a los magistrados de la Sala Superior, de la injusticia que estaban cometiendo en perjuicio del voto popular de los queretanos de los 2 municipios.

Domingo por la noche abrieron sesión los los magistrados. Faltaba un par de horas para vencer el plazo. Con argumentos diametralmente opuestos a los de sus compañeros magistrados de Monterrey, el ponente fue desnudando la incompetencia jurídica de sus homólogos. Dijo, no hubo violación alguna a la Constitución Política, no se infringieron los artículos supuestamente violados tanto por Enrique Correa, como por Leticia Servín. No hubo proselitismo de Correa Sada en el proceso electoral, tampoco hubo uso de recursos públicos; no existieron mensajes de contenido religioso; ninguna conducta quebrantó los principios de equidad, neutralidad e intromisión de actos o expresiones religiosas en actos de naturaleza político-electoral; las redes sociales no fueron usadas para tal efecto. Consecuentemente, quienes sí violaban los derechos de libertad de expresión y difusión de las ideas de las personas que supuestamente habían sido (según los magistrados de Monterrey) los causantes de la nulidad de las elecciones en los municipios de Querétaro y Huimilpan, fueron los magistrados de la Sala regional de Monterrey ¡Para ellos no hay sanción!

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