Empezó ya la época vacacional donde millones familias en el país seguramente aprovecharán para tomar un descanso fuera de la ciudad que habitan. Algunos viajarán por avión, pero la mayoría de los mexicanos lo harán por carreteras muchas de ellas las federales de cuota.

Si bien el precio de las casetas no deja de aumentar año con año, lo cierto es que ese dinero que pagamos no sólo nos da derecho a circularlas, sino que nos ofrece además otro beneficio: un seguro carretero.

Este seguro puede cubrir hasta 2.2 millones de pesos en determinados casos. Por ejemplo los gastos médicos y funerarios de los ocupantes son sólo alguna de las coberturas que tiene este seguro. Cubre también daños provocados por pavimento suelto, deslaves, hoyos, baches, sustancias derramadas en la carretera y hasta accidentes ocasionados por animales. No sólo se trata de los daños o pérdidas de tu vehículo, sino de los daños materiales y a personas que viajen en otros coches y que como consecuencia del accidente resulten perjudicados.

Es importante, sin embargo, tomar en cuenta que a partir de septiembre de este año todos los vehículos que utilicen las carreteras federales y sus puentes deberán contar con un seguro de daños a terceros contratado por nosotros, pero esto no implica que desaparecerá el seguro que hoy otorga a los usuarios de estas carreteras el pago de su cuota. En caso de accidente en carretera tendrás los dos seguros y de acuerdo a las circunstancias y los daños y coberturas de los respectivos seguros será uno u otro el que aplique de acuerdo a un esquema de concurrencia.

Otros datos importantes que debes de saber sobre el seguro del usuario de carreteras federales:

-       El seguro no te cubre gastos de grúa o de arrastre al vehículo del usuario responsable.

-       Tampoco cubre gastos de defensa jurídica o cauciones de cualquier clase, ni pensiones por depósito de vehículos.

-       Otras exclusiones de cobertura aplicables operan si el conductor del vehículo responsable se encuentra en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o si carece del permiso de manejar del tipo apropiado para conducir el vehículo expedida por autoridad competente. En este caso los conceptos de estado de ebriedad e influencia de drogas, deberán ser comprobados mediante el parte, reporte de accidente o infracción respectiva levantada por la Policía Federal. Recuerda bien este punto, ya que además de la irresponsabilidad que representa manejar en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas tu seguro de usuario no aplicará.

-       Cómo reportar. El procedimiento para hacer efectivo el seguro en caso de accidente es reportarlo a la caseta de cobro más cercana, llamar al 074 o solicitar a otro conductor que reporte el siniestro.

-       Datos indispensables para el reporte de accidente. El reporte debe informar ubicación, número aproximado de kilómetro en que transita así como alguna referencia física del lugar. La marca y el color del vehículo también son fundamentales así como informar si hay otros vehículos involucrados y personas lesionadas.

-       Documentación para hacer efectivo el seguro del usuario. El comprobante de pago de la caseta será necesario para la aplicación de este seguro, sin embargo puede ser que no hayas cruzado la caseta o que hayas pagado con el sistema IAVE o con tarjeta de crédito o débito en cuyo caso hay que llenar un formato. No  olvides conservar documentos como la copia de reporte de accidente en caseta, copia del parte de la Policía Federal, si fuese el caso, así como copias de actuaciones del Ministerio Público de existir las mismas.

-       Cobertura. La cobertura de este seguro del usuario existe en todas las carreteras federales sin excepción, independientemente que sea operada por CAPUFE o concesionada.

A disfrutar entonces las vacaciones y los viajes por carretera y en caso de alguna necesidad usa tu seguro de usuario de carreteras federales el cual está a tu disposición y para tu beneficio cada vez que transitas estas importantes vías de comunicación.

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