“Si el vaso no está limpio, lo que en él derrames se corromperá”. Horacio.

En mi columna de la semana pasada señalé el derecho que nos asiste a los ciudadanos para que nuestros gobernantes se conduzcan de manera honesta y transparente; la importancia de la rendición de cuentas, así como la oportunidad que brinda el cambio de administración estatal y de municipios para que se investigue a detalle tanto la cuenta pública como las acciones realizadas por los funcionarios que están a punto de terminar su gestión.

Como consecuencia de dicha colaboración, tuve el agrado de constatar en primer lugar que la semana pasada me leyeron buenos amigos y colegas, quienes me manifestaron sus interesantes opiniones al respecto. A través de los comentarios recibidos, también me percaté que la rendición de cuentas, la transparencia y la lucha contra la corrupción son temas en los que la ciudadanía comprometida está interesada y consciente de que hay mucho por hacer; lo que sin duda sugiere la necesidad de que los gobiernos entrantes asuman un compromiso directo y de resultados en este rubro para atender las demandas ciudadanas y marcar diferencia con las administraciones salientes.

Actualmente tenemos diversas disposiciones jurídicas relacionadas con estas materias, que si bien al menos de nombre sientan un precedente que favorezca la transparencia y la lucha anticorrupción, en la práctica carecen de andamiaje propicio en materia sustantiva y adjetiva. Este andamiaje es el que debe servir para evitar la discrecionalidad en la aplicación de dichos ordenamientos; que también establezca definiciones claras, prevea procedimientos transparentes y que además disponga de organismos autónomos encargados de verificar su cumplimiento, que atendiendo a su autonomía, puedan desarrollar de manera libre sus facultades sin estar subordinados a cualquiera de los poderes públicos del Estado.

Con la promulgación de la reforma al artículo 113 constitucional, por la cual se crea el Sistema Nacional Anticorrupción, podría decirse que se ha dado el primer paso para generar las condiciones necesarias para atender el problema, lo cual en principio resulta positivo. Sin embargo, si analizamos con detenimiento la reforma, podríamos decir que no atiende de fondo de la problemática actual, considerando la coexistencia entre organismos de reciente creación y autoridades ya existentes que no gozan al día de hoy de la credibilidad de la ciudadanía, lo que pone en duda su imparcialidad, objetividad y eficacia.

Otra de las inconsistencias de tan publicitada reforma se basa en que las autoridades, tanto las de reciente creación, como las ya existentes, pueden gozar de las mismas facultades, lo cual genera duplicidad de funciones; aunado a que simultáneamente tienen la posibilidad de convertirse en juez y parte de los asuntos que atiendan: auditando, investigando, integrando expedientes, dictaminando, defendiendo y a la vez sancionando o sentenciando a los infractores.

Difícil parece que la legislación que derive de estas reformas constitucionales en el ámbito federal pueda enderezar la nave, lo bueno es que la oportunidad de hacerlo bien desde el origen en Querétaro dependerán del gobernador, su equipo y la legislatura que comienza, en aras de demostrar que se pueden hacer bien las cosas cuando de luchar contra la corrupción se trata.

Abogado y catedrático de la Universidad Anáhuac. @gmontesd

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