Martha Erika Alonso, esposa de Rafael Moreno Valle, asumió el cargo como gobernadora por el PAN apenas hace unos días, el 14 de diciembre, luego de la resolución emitida a la impugnación registrada por el máximo órgano jurisdiccional electoral del país. Rafael Moreno Valle fungía como coordinador del grupo parlamentario del PAN en el Senado de la República.

Luego de los lamentables acontecimientos registrados en Puebla, donde perdieron la vida la gobernadora y su esposo, tras desplomarse el helicóptero en que viajaban, existe una ruta legal que debe seguirse conforme a diversas disposiciones jurídicas.

La Constitución Política del estado de Puebla señala que en caso de falta del ejecutivo local, dentro de los dos primeros años de su gestión, el Congreso local nombrará a un mandatario interino para, posteriormente, convocar a elecciones donde el voto mayoritario de la población designe a una nueva o nuevo ciudadano que esté al frente del ejecutivo local.

Actualmente, el Congreso del estado de Puebla está conformado por 10 fuerzas políticas, integrado con un total de 41 legisladores locales. Morena ocupa la mayoría con 14 integrantes; seguido del PAN, con 7 legisladores; el PT tiene 5 diputados; el PRI, 4; Encuentro Social, 3; Movimiento Ciudadano, el PRD y Nueva Alianza tienen 2 legisladores cada uno; y el partido Compromiso con Puebla, un diputado.

La convocatoria a celebrar nuevas elecciones debe emitirse dentro de los 10 días siguientes al nombramiento de la o del gobernador interino, para lo que, dicho sea de paso, será indispensable el diálogo de los diferentes grupos parlamentarios para que se pueda elegir a esta figura con el más amplio consenso, sin importar su extracción partidista. En tanto, Jesús Rodríguez Almeida, secretario general de Gobierno, funge como encargado del despacho de la administración pública estatal.

Ahora bien, la norma jurídica indica que entre la fecha en que sea emitida la convocatoria para nuevas elecciones y la votación misma debe mediar un plazo no menor a tres meses ni mayor a cinco meses. Pasado este periodo, el ciudadano debidamente registrado que haya obtenido el mayor número de votos será formalmente la o el gobernador electo, quien deberá tomar posesión del cargo diez días después de efectuados el escrutinio, cómputo y declaración de validez.

Quien resulte ganador de esta nueva contienda electoral, gobernará la entidad por el periodo que restaría, es decir, poco menos de seis años.

Esta ruta, independientemente de los resultados que se generen en las investigaciones del lamentable suceso registrado, es la vía legal establecida en la Constitución local para este tipo de acontecimientos.

Así, 2019 se convertirá en un año electoral en donde se elegirán un total de 143 cargos en las entidades de Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas y, ahora, Puebla. En Aguascalientes se renovará el ejecutivo local, así como las 11 presidencias municipales; en Baja California habrá elecciones para los 5 ayuntamientos y el Congreso local que integra 25 diputaciones; en Durango se renovarán los 39 ayuntamientos; en Quintana Roo el proceso electivo está dirigido a la renovación de su Congreso estatal (25 diputaciones), en Tamaulipas también se renovará el legislativo local (36 diputaciones) y, finalmente, en Puebla, habrá elecciones para elegir al ejecutivo local debido a las circunstancias descritas.

Ojalá y los resultados de las investigaciones den claridad a lo sucedido para que el año que entra, no sólo en Puebla, se lleven a cabo elecciones con tranquilidad, y sea la población a través de la emisión de su sufragio quien decida sobre el futuro político de cada entidad. ¡Hasta la próxima!

Google News