El llamado nuevo sistema de justicia penal acusatorio —que inició su funcionamiento el 18 de junio de 2016—, independientemente de las razones y propósitos que le dieron origen, ha mostrado cuestionables resultados, mismos que exigen revisión y ajustes. Pues, hasta hoy, no parece que se hayan corregido los vicios e insuficiencias anteriores y sí, en cambio, se suman nuevos problemas que, —en algunos casos— en lugar de justicia para las víctimas, favorecen a quienes delinquen.

No hay duda que, además de las carencias propias de este sistema, se multiplican las áreas que requieren fortalecimiento como la formación y capacitación de todos aquellos que directa e indirectamente intervienen en sus procesos y efectos. Ello tiene que ver con ministerios públicos, policías ministeriales y preventivos, defensores públicos, asesores de víctimas, jueces, peritos y personal penitenciario, entre otros. Y éste es, sin duda, uno de los eslabones más débiles de la cadena, además, claro, de la necesaria y urgente limpieza en cuanto a personal vinculado a dinámicas de corrupción.

Son muchas las voces que señalan sus deficiencias, así como las complicaciones que enfrentan al intentar cumplir con labores relativas a impartición de justicia.

Entre quienes han puntualizado carencias o efectos nocivos, están: Salvador Cienfuegos, titular de la Secretaría de Defensa Nacional; Renato Sales, comisionado de Seguridad; Manelich Castilla, comisionado de la Policía Federal; Isabel Miranda de Wallace, presidenta de Alto al Secuestro; Alejandro Martí, presidente de México SOS; Edna Jaime, directora de México Evalúa; Miguel Ángel Mancera, jefe de Gobierno; Silvano Aureoles, gobernador de Michoacán; José Antonio Gali, gobernador de Puebla; Miguel Ángel Yúnes, gobernador de Veracruz; por citar algunos de los más representativos.

Recuérdese que sólo siete delitos son considerados graves: crimen organizado, violación, homicidio doloso, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, trata de personas, así como infracciones graves contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Asimismo, los delitos que ya no son considerados como graves en el nuevo sistema, son: lesiones, homicidio culposo, lesiones por contagio, aborto, daño a la propiedad, ejercicio ilegal del servicio público, evasión de presos, suministro de medicinas inapropiadas o nocivas, allanamiento de morada, robo sin agravante, delitos contra el ambiente, lesiones culposas, maltrato o crueldad animal, procreación asistida, esterilización forzada, acoso sexual, abuso sexual, estupro, privación de la libertad con fines sexuales, violación cuando entre la víctima y el victimario exista vínculo de pareja, concubinato o matrimonio, violencia familiar, violencia familiar equiparada, amenazas, discriminación e incumplimiento de la obligación alimentaria. Así, los procesados podrían solicitar libertad provisional.

Más allá de ejercicios de pizarrón, afanes académicos, intereses grupales, discursos lucidores y versiones oficiales, la realidad de lo que se conoce como procuración de justicia es piedra de escándalo, asignatura pendiente y agravio social.

¿Qué duda cabe? A poco más de un año —dentro de lo que algunos consideran etapa temprana o inicial—, su pobre efectividad demuestra que ni la operación ni sus resultados son satisfactorios.

La desconfianza hacia las autoridades continúa —como lo reconoció, incluso, el titular de la Procuraduría General de la República—, las expectativas no se cumplen y en las calles se repite que la justicia no llega.

La experiencia ciudadana —sobre todo de las víctimas— no corresponde a las palabras de los impulsores ni de los defensores de este sistema. No es casual que se le equipare con una “puerta giratoria” por la cual, luego de que finalmente son aprehendidos, los delincuentes salgan con escandalosa rapidez —para, en muchísimos casos, volver a delinquir— ante la mirada de quienes nos cuesta creerlo y, aún menos, aceptarlo.

Director de War Room Consultores

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