El primero de diciembre pasado el Presidente de la República envió al Senado la iniciativa de Decreto para reformar varios artículos de la Constitución federal, entre otros el 115 y 116, referentes al mando policial único.

Por supuesto que a muchos no agradó la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto, aunque esos no saben ni el porqué de su desagrado; así fue desde que Felipe Calderón dejó entrever la misma pretensión. Otros han argumentado que es una violación al pacto federal, aunque tampoco saben en qué consiste ese pacto. El origen de la propuesta presidencial sin lugar a dudas es la debilidad policial que existe en la mayoría de los municipios que conforman los estados y la infiltración de la delincuencia organizada, la que hoy día ha logrado controlar la seguridad pública a modo en esos municipios infiltrados.

¿Será bueno el remedio jurídico para atacar y abatir la delincuencia organizada? Supongo que nada complicado debe resultar ese cambio de mando policial en los estados como Querétaro, que apenas llega a los 18 municipios; sin embargo no será lo mismo para aquellos cuyo número rebasa los 50 o 100 municipios y el territorio estatal llega a triplicar o más que el de los pequeños. Esa será una gran diferencia para el manejo de la seguridad pública. Seguramente la problemática será resuelta en las leyes reglamentarias, lo que es una incógnita en la iniciativa de ley.

Veamos el contenido de la reforma al artículo 115 que dice: “Cuando derivado del ejercicio de sus atribuciones, el fiscal general de la República advierta indicios suficientes para considerar que hay una infiltración del crimen organizado en la administración o ejecución de servicios públicos municipales, lo comunicará al secretario de Gobernación, para que, de estimarlo procedente, en forma conjunta, soliciten la aprobación del Senado de la República para que la Federación asuma temporalmente, en forma total o parcial, las funciones del municipio, en los términos que disponga la ley reglamentaria. En caso de asunción total de las funciones, la legislatura del estado correspondiente convocará a elecciones de conformidad con lo previsto en su Constitución. Si las constituciones locales no prevén este supuesto, se estará a lo dispuesto en la ley reglamentaria”. Y “La seguridad de los municipios estará a cargo de los gobernadores de los estados por conducto de su corporación policial estatal. Los municipios deberán realizar las aportaciones a los estados, en los términos que determinen sus leyes, para la realización de esta función”.

En la letra no resulta tan mala la reforma. El problema será en la operación del mando policial. Lo que se busca es alejar la influencia de la delincuencia de todos los municipios cuando los nombramientos no recaigan en los presidentes municipales, susceptibles de ser cohechados, corrompidos o amenazados para que acepten las condiciones que aquellos imponen. Los policías estatales podrán ser cambiados de adscripción lo que también complicará el manejo delincuencial. Pero todo esto es suposición, faltan las leyes reglamentarias para asegurar un mejor manejo de la seguridad pública en favor de la población. La intención es muy buena, el problema es la operación.

Analista legislativo.

@HectorParraRgz

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