En nuestro país, en materia política, existían dos paradigmas históricos, férreos y atávicos que marcaban los usos y costumbres de los depositarios del poder público, que finalmente han sido superados: 1) la separación Iglesia-Estado y 2) el sufragio efectivo, no reelección; el primero con un aroma (palabra puesta de moda por Carmen Aristegui) decimonónico y marcado por la vieja pugna de liberales y conservadores desde la guerra de Reforma y el segundo como resultado ideológico de la Revolución Mexicana.

Lo anterior viene a colación porque en esta semana, a mi modo de ver, se destacan localmente dos eventos que se relacionan con lo enunciado en el primer párrafo: el desayuno de los integrantes del Congreso del estado (20 diputados presentes y 5 ausentes para variar) con el Obispo Faustino Armendáriz y, el segundo, la aprobación de la reforma constitucional político-electoral para autorizar la reelección de alcaldes y diputados.

En cuanto toca a la temática de la separación de la Iglesia-Estado, es evidente que hace tiempo se terminó la vieja simulación en la relación que mantenían ambas instituciones, sobre todo por la ausencia de personalidad en la primera (Iglesia) y a partir de 1992, en el periodo salinista, es cuando se concreta la reforma al artículo 130 de la Carta Magna que dota de personalidad jurídica a las iglesias y se confiere el ejercicio de derechos políticos y civiles a sus ministros, así como la capacidad de adquirir, administrar o poseer bienes necesarios para su objeto.

De ahí que el desayuno habido entre la jerarquía católica y los legisladores se destaca como un evento de contenido histórico-local, ya que tuvo la característica de ser abierto, con medios de comunicación, ajeno a la opacidad y por ello es bienvenida la reunión; en espera, pues, de que la relación sea el nutriente necesario para la creación de mejores leyes y reformas sociales justas.

Por cuanto ve a la reforma constitucional local para autorizar la reelección de diputados y alcaldes, se rompe también con el viejo paradigma de no reelección y se legisla para que los presidentes municipales se puedan reelegir por un nuevo período de tres años, y los diputados hasta por cuatro distintos periodos consecutivos de tres años, de acuerdo al artículo 16.

La reelección en Querétaro comenzará a aplicarse a partir de quienes sean elegidos en 2015. También se reforma el artículo 32, para que lo actualmente se conoce como Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) cambie de denominación a Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), que pasa de ser un organismo público autónomo, a ser un organismo público local en materia electoral, en los términos previstos en la Constitución federal.

Y finalmente se crea un nuevo Tribunal Electoral del Estado de Querétaro en sustitución de la sala electoral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Estará formado por tres magistrados propietarios y cinco supernumerarios designados por el Senado de la República.

Lo dicho, se han roto dos paradigmas políticos, seguramente en la evolución política habrá el rompimiento de otros, acorde a las exigencias de la nueva dinámica social.

Apostilla: Una nación debe tener una religión y ésta debe hallarse bajo el control del gobierno (Napoleón Bonaparte).

Maestro en la Facultad de Derecho de la UAQ

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