El uso eficiente de los recursos públicos es un principio fundamental para una buena administración.

La máxima de hacer mucho con poco es el gran reto para la hacienda pública, pues coloquialmente hablando, se trata de “estirar la cobija lo más que se pueda”.

Con ese objetivo, nuestra Constitución prevé una serie de pautas referentes al tema de remuneraciones de los servidores públicos, siendo la más notable, la que prohíbe cualquier dadiva superior a lo que percibe el Presidente de la República.

En ese tenor, el pasado lunes 5 de noviembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, cuya intención es hacer efectivo el mandato constitucional de implementar una verdadera política de austeridad.

La finalidad no es mala, pues con ella se pondrá en marcha un sistema vinculante para todo servidor público federal, que permitirá un gasto equilibrado de los tres poderes, así como de organismos constitucionales autónomos, universidades y entidades paraestatales.

Sin embargo, la premura de su emisión dejó algunos “huecos” que pueden generar incertidumbre.

Por ejemplo, la Ley es omisa en especificar el parámetro objetivo para determinar el monto de la remuneración del Presidente, así como la manera como se tabularán los sueldos de los demás funcionarios.

Si bien menciona que en los Presupuestos de Egresos se incluirán los tabuladores y el monto total de remuneraciones, no refiere bajo qué mecanismo o parámetro se establecerán, ni tampoco si se considerará la tasa de inflación, el índice de precios al consumidor, el tipo de cambio, la pérdida del poder adquisitivo, el monto del salario mínimo, entre otros factores.

Pero, más allá de lo técnico, cabe preguntarse si ello no volverá menos atractivo el sector público para profesionistas y especialistas que podrían obtener mayores ingresos en lo privado; lo que es relevante si deseamos que las instituciones sean eficientes frente a los problemas del Estado.

Asimismo, será importante medir, a partir de esta acción, el comportamiento de los índices de corrupción en el País, a fin de establecer si la restricción en los ingresos no provoca el aumento de conductas de este tipo.

Así como si su inmediata entrada en vigor afectará los derechos laborales adquiridos de los trabajadores, quienes seguramente acudirán al Juicio de Amparo u otros mecanismos legales para defender sus prerrogativas.

En conclusión, no es mi intención desacreditar la Ley, pues quiero ser clara en señalar que estoy a favor de la austeridad y de regular las remuneraciones de los servidores públicos; sin embargo, me pregunto si ese ordenamiento responde realmente a los retos que enfrenta nuestro país, si su emisión no fue prematura o si tal vez, hubiera sido mejor ampliar su discusión para valorar a detalle todos sus efectos y no solo expedirla de un plumazo.

Sea como sea, solo el tiempo nos brindará las respuestas.

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