El día de hoy vence el plazo que, en cumplimiento de la resolución del juicio SM-JDC-287/2015 emitida por la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Electoral del Estado de Querétaro otorgó a los partidos políticos y coaliciones, para sustituir a los candidatos a presidentes municipales en la mitad de las fórmulas de los 18 ayuntamientos, en juego dentro del actual proceso electoral. Esta resolución tiene como objetivo que la mitad de los candidatos a presidentes municipales sean de cada género (masculino y femenino), para lograr materialmente lo que la autoridad judicial llamo “paridad horizontal”.

La sentencia adolece jurídicamente de serias inconsistencias, pues sin mayor argumentación, se aplicó el principio de paridad de género de las candidaturas en los órganos legislativos a los ayuntamientos, el cual se extendió por el poder legislativo local a las elecciones municipales, para efecto de que las fórmulas de ayuntamiento y las listas de regidores plurinominales estuvieran equilibradas entre ambos géneros, pero nunca, para que hubiera la mitad de candidatos a presidentes municipales de uno y de otro género, pues las 18 elecciones municipales y las fórmulas de candidatos de cada una son independientes entre sí y no guardan relación jurídica ni política, pues cada una tiene su proceso, su autoridad electoral, sus competidores y sus electores, cuya voluntad política no puede ser sustituida por la decisión judicial, de construir una salida artificial a la —desde luego lamentable e inaceptable—, casi nula participación del género femenino en el ejercicio del poder público en Querétaro.

Sin embargo, no será solamente con la imposición de una acción afirmativa, que es un acto de discriminación en favor de un grupo históricamente vulnerado, como se podrá reivindicar al género femenino, pues está probado históricamente que los efectos de la discriminación positiva son perversos en la mayoría de los casos registrados en el mundo. Basta citar el grave problema que enfrentan las universidades norteamericanas por el rechazo que se hace de solicitudes de aspirantes de razas distintas a la afroamericana, incluyendo los hispanos, simplemente por su origen étnico.

En el caso queretano de las candidaturas a presidentes municipales, los efectos negativos de la paridad de género ya se perciben, pues en flagrante violación al objetivo que se busca de origen, para reivindicar al género femenino, y en un posible escenario de “fraude a la ley” que la propia Corte mexicana ha definido, algunos partidos en Querétaro están considerando para “mantener los equilibrios políticos”, sea lo que esto signifique, que primero hay candidatos inamovibles —al parecer en los municipios que consideran tener ganados— lo cual llevaría al escenario de que las mujeres candidatas sean destinadas a la derrota, y segundo, que en los demás municipios, los todavía hoy candidatos de género masculino, podrían ser sustituidos por sus esposas, hijas o familiares, y ellos, ser registrados como candidatos a regidores para que, en caso de llegar a ganar el 7 de junio, y de tomar protesta en octubre, puedan sustituir a las presidentas municipales electas, en los términos que permite la Constitución local y la ley orgánica municipal. Este caso nos alerta sobre el posible resurgimiento de las “juanitas” —en su versión queretana—, como peyorativamente se les llamó a las diputadas federales que llegaron a San Lázaro en cumplimiento de la equidad de género, y que en su momento solicitaron licencia para que sus suplentes de género masculino, y en muchos casos sus cónyuges y familiares, accedieran a la curul, en franca violación a la ley, a través de un movimiento legal pero legítimamente incorrecto, a través de una “chicana”.

Por ello, lejos de alegrarse por la resolución judicial, las mujeres queretanas, y en particular las que militan en los partidos, deben sentirse agraviadas por la posición en la que se les intenta colocar con la posible simulación de las sustituciones en las candidaturas a presidentes municipales; pues lejos de abrir la posibilidad a las mujeres con mayor capacidad política para hacer un buen gobierno, la resolución de la paridad horizontal, podría ser la crónica anunciada de un fraude a la ley que usa y abusa de la reivindicación de los derechos políticos de las mujeres para poner en la candidatura, y posiblemente en la silla del gobierno municipal, a mujeres, que más tardarán en protestar el cargo, que en ser obligadas a solicitar licencia para ser sustituidas por regidores del género masculino, o bien, que sin estar suficientemente preparadas para un cargo de tal magnitud, sean premiadas por su parentesco, más que por su capacidad, lo cual abona negativamente en contra de las mujeres con carrera de partido, y de los ciudadanos que habremos de votar, y de ser gobernados bajo este escenario.

Abogado y profesor de la Facultad de Derecho U.A.Q.

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