La Cámara de Diputados está integrada por 500 escaños: 300 electos en 300 distritos uninominales por el principio de mayoría relativa (MR) donde quien obtiene más votos gana y; 200 electos en cinco circunscripciones federales por el principio de representación proporcional (RP) correspondiendo a cada partido un porcentaje de escaños equivalente al número de votos obtenido en la elección de mayoría relativa. El número y la distribución por principio de representación son claros; el tema es, y ha sido, la forma en que se reparten.

Para garantizar una representación equitativa se requiere generar una proporcionalidad lo más apegada a la voluntad ciudadana. Si bien la proporcionalidad perfecta resulta matemáticamente imposible dadas las desviaciones de la fórmula de asignación, el artículo 54 constitucional estableció, desde 1996, que un partido no puede tener una sobrerrepresentación mayor al 8%. Desde 2012, producto de la reforma de 2007 que modificó la conformación de coaliciones, se ha violentado el precepto constitucional producto del gran ingenio que caracteriza a nuestros partidos cuando de burlar la ley se trata.

En los convenios de coalición los partidos más votados postulan candidaturas bajo el membrete de sus socios minoritarios obteniendo con ello provecho por dos vías: 1) los partidos grandes eluden el tope de sobrerrepresentación (ganan el distrito pero el escaño se le contabiliza al aliado) incrementando con ello su posibilidad de obtener escaños bajo el principio de RP y, 2) los socios minoritarios de la coalición logran triunfos electorales y bancadas —con sus correspondientes recursos— que sobrepasan su peso electoral real. Negocio redondo.

En 2012 y 2015 la coalición PRI-PVEM superó el límite de sobrerrepresentación por 0.2 y 1.7% respectivamente; en 2018, la coalición Morena-PT-PES obtuvo el 45.9% de los votos y el 61.6% de los escaños, lo que representa una sobrerrepresentación de únicamente 15.7 puntos porcentuales. Es en ese contexto que el INE aprobó un acuerdo a través del cual se busca impedir dicha práctica a partir de asignar a las y los candidatos por los 300 distritos federales al partido al que están afiliados, con el fin de que la asignación de escaños corresponda a la voluntad de la ciudadanía y evitar con ello mayorías artificiales como la que mantiene hoy el control de la Cámara de Diputados.

Diversas voces al interior de Morena han manifestado su oposición a dicho acuerdo destacando, paradójicamente, la de Mario Delgado, su presidente nacional, quien, por cierto, fue postulado por el Partido del Trabajo —socio minoritario de la coalición— para el distrito 13 de la Ciudad de México y una vez electo se trasladó a la bancada de Morena, de la que fue coordinador. El argumento que esgrimen es que hay una clara intencionalidad política que busca limitar el acceso de Morena a los escaños que le corresponden.

Se ha construido el prejuicio de que las diputaciones de RP no son electas por la ciudadanía y, lamentablemente, muchas personas así lo creen. Lo cierto es que sí elegimos los escaños de RP, a partir del voto que otorgamos a las y los candidatos de MR. Antes de 2007, cuando las coaliciones podían ir unidas bajo un solo emblema las dirigencias de los partidos determinaban la distribución de los votos de RP. Tras la reforma, los partidos —independientemente de ir en coalición— reciben de la ciudadanía de manera directa los votos para la elección de diputaciones de RP. No obstante, dicha reforma no contempló que la regla de la sobrerrepresentación topada a 8 puntos porcentuales podía ser burlada, como lo ha sido, por las coaliciones.

Los escaños no se crean ni se destruyen, por ello, las reglas de distribución deben modificarse para lograr equidad en la representación política; dicho más claro, para que las y los ciudadanos podamos elegir a quien consideremos la mejor alternativa. La voz es nuestra, no de los partidos.

@maeggleton

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